Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Octubre de 2018 - 201 DPR ___

EmisorTribunal Supremo
Número del casoER-2018-4
DTS2018 DTS 173
TSPR2018 TSPR 173
DPR201 DPR ___
Fecha de Resolución12 de Octubre de 2018

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Aprobación del Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico; enmienda a la Regla 36 del Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua y a la Regla 9 del Reglamento del Tribunal Supremo

2018 TSPR 173

201 DPR ___

201 D.P.R. ___ (2018)

2018 DTS 173 (2018)

Número del Caso: ER-2018-4

Fecha: 12 de octubre de 2018

Reglamentos-

Resolución del Tribunal

Enmienda el Reglamento del Tribunal Supremo, Reglamento de Educación Continua y se incluye el nuevo Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de oficio de Puerto Rico.

Véase nuevo Reglamento.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de octubre de 2018.

En reconocimiento de la necesidad de examinarlas normas vigentes que regulan las asignaciones de oficio en los tribunales del País, este Tribunal encomendó al Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial (Secretariado) la presentación de una nueva propuesta para regular las asignaciones de oficio en casos penales en los tribunales de Puerto Rico y extender su alcance a los procedimientos de naturaleza civil. Cumplida la encomienda delegada al Secretariado, se autorizó un proceso de consulta pública mediante la Resolución ER-2017-06 de 15 de junio de 2017 y se instruyó al Secretariado a presentar un informe junto con un proyecto de Reglamento revisado.1

Concluido el proceso de consulta pública, oportunamente, y en cumplimiento con lo requerido, el Secretariado presentó su informe titulado Proyecto deReglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas deOficio de Puerto Rico. En éste se recoge el análisis de los comentarios y las recomendaciones que serecibierondurante laconsulta y se presenta un proyecto de Reglamento revisado a tenor con el insumo del público y de la comunidad jurídica.

Examinado el informe y el proyecto presentado por el Secretariado, adoptamos en el día de hoy un nuevo Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico, el cual se hace formar parte integral de esta Resolución.

Este nuevo reglamento se distingue por las características siguientes:

· Regula por primera ocasión la asignación de un abogado o de una abogada de oficio en procedimientos de naturaleza civil.

· Dispone un sistema mecanizado para la selección, asignación y notificación a través del Módulo de Abogados y Abogadas de Oficio.

· Establece un esquema de exenciones, aplicables por año fiscal, como mecanismo para mantener el banco de abogados y abogadas actualizado y como estrategia para atender de forma anticipada las razones que constituyen justa causa para excusar a un abogado o una abogada de una asignación de oficio.

· Reconoce figuras adicionales, tales como el abogado asesor o la abogada asesora a una persona que se representa por derecho propio, puntualizando que ésta no se considera una asignación de oficio.

· Definecon mayor precisión los derechos y deberes del abogado y de la abogada auxiliar.

· Crea el concepto de zonas judiciales para lograr una distribución uniforme y más equitativa de las asignaciones entre abogados y abogadas que mantienen su práctica en un área geográfica determinada.

· Incorpora un mecanismo procesal para canalizar alegaciones de conflicto de intereses presentadas tanto por la Sociedad para Asistencia Legal o cualquier entidad análoga, como por un abogado o una abogada de oficio.

· Incentiva el trabajo pro bono al permitir que el servicio legal ofrecido sin compensación a través...

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