Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Agosto de 2020 - 204 DPR ___

EmisorTribunal Supremo
DTS2020 DTS 082
TSPR2020 TSPR 082
DPR204 DPR ___
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2020

2020 DTS 082 PIERLUISI-URRUTIA Y OTROS V. COMISION ESTATAL DE ELECCIONES, 2020TSPR082

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Pedro Pierluisi-Urrutia y Eduardo Bhatia Gautier

Peticionarios

v.

Comisión Estatal de Elecciones, et al.

Recurridos

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Carmen Damaris Quiñones Torres

Demandante

v.

Comisión Estatal de Elecciones, et al.

Demandados

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Carlos Delgado Altieri

Peticionario

v.

Comisión Estatal de Elecciones, et al.

Recurridos

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Wanda Vázquez Garced

Demandante

v.

Comisión Estatal de Elecciones, et al.

Demandados

2020 TSPR 82

204 DPR ___, (2020)

204 D.P.R. ___, (2020)

2020 DTS 82, (2020)

Número del Caso: CT-2020-11 consolidado con

CT-2020-12

CT-2020-13

CT-2020-14

Fecha: 12 de agosto de 2020

Véase Opinión del Tribunal de Juez Asociado Feliberti Cintrón.

La Jueza Presidenta ORONOZ RODRIGUEZ emitió una Opinión de conformidad.

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de agosto de 2020.

[T]he right to vote is precious - almost sacred. Countless people marched and protested for this right. Some gave a little blood, and far too many lost their lives." John Lewis (en una de sus últimas declaraciones públicas, el 25 de junio de 2020, en el séptimo aniversario de la decisión de Shelby County v. Holder)

Otra vez Puerto Rico vive una encrucijada histórica. Hace apenas un año el Poder Judicial -como guardián de nuestra Constitución- guió al País ante una crisis de gobernanza sin precedentes. Proveyó la certeza y la estabilidad que exigía el momento. Un año después, precisa tomar acción decidida para proteger la voluntad del soberano: el Pueblo de Puerto Rico, cuyo derecho fundamental al voto se laceró irremediablemente.

Por décadas, los puertorriqueños y puertorriqueñas nos preciábamos de la eficiencia de nuestros comicios. Personas de otros países los observaban para emularlos. La alta participación de nuestra gente en los eventos electorales generales, si bien ha disminuido en los años recientes, evidencia nuestra fe y convicción de que las elecciones son la base de la democracia. Y es que votar es el ejercicio volitivo más fundamental pues le da voz a cada ciudadano con respecto a quienes le gobernarán. Por ello, los eventos del 9 de agosto de 2020, la fecha en que por mandato de ley se celebrarían las primarias, consternaron al País quien observó, impotente, el desenlace trágico del evento electoral. Si bien la función de este Tribunal es resolver las controversias de Derecho que se traban en el foro judicial, a las

cosas hay que llamarlas por su nombre, máxime cuando las ejecutorias de unos pocos pisotearon uno de los derechos sagrados de los ciudadanos. Lo que ocurrió el 9 de agosto es una vergüenza, pero es mucho más. Es una alerta dura del peligro de adoptar prácticas que se asemejan más a un régimen autoritario, que a la democracia que nos distingue como Pueblo.

La presentación de recursos múltiples y cuestionamientos variados en los foros judiciales refleja el fracaso del organismo cuyo deber ministerial es garantizar el derecho al voto --en igualdad de condiciones-- de toda

persona que quiera ejercerlo. Miles de puertorriqueños invirtieron su tiempo, arriesgaron sus vidas ante el contagio potencial del COVID-19, hicieron arreglos en sus trabajos o en sus hogares, esperaron en filas bajo el sol, pagaron transportación o se movilizaron a pie -más de una vez- para ejercer su derecho al voto. Muchos, incluso, fungieron como voluntarios en los colegios para garantizar la pureza de los procesos y la Comisión Estatal de Elecciones

les falló abismalmente.

Tras el desasosiego que creó el desastre del proceso electoral primarista, es imperativo que el Poder Judicial pondere los remedios que devuelvan al Pueblo la confianza en nuestra capacidad de llevar a cabo estos ejercicios electorales sin mácula sobre sus resultados. Todos los Jueces y Juezas que integramos este Foro coincidimos en esto. También sabemos que, por encima de todo, vamos a salvaguardar el derecho fundamental al voto de cada puertorriqueño y puertorriqueña. Ahora bien, no hay un remedio

perfecto que abarque el universo de situaciones que se dieron en los precintos y colegios de Puerto Rico. Lo que sí podemos hacer, y lo que estamos haciendo, es garantizar los derechos de aquellos que emitieron sus votos con el mismo celo con el que hoy protegemos a los que se le privó de la oportunidad. Con ello, esperamos devolverle al País un proceso electoral que le permita al que triunfe reclamar su victoria con legitimidad y al que pierda, acatarlo sin reservas.

De cara a las elecciones generales y ante un proceso primarista nefasto bajo un estatuto legal nuevo, las instituciones responsables de facilitar y proteger el derecho al voto de la ciudadanía aún pueden llevar a cabo un proceso de primarias ordenado y confiable. Uno que facilite el ejercicio libre e igual de todos los puertorriqueños y puertorriqueñas que deseen ejercer su deber cívico de escoger las personas que les representarán en los comicios generales.

Por ello, estoy conforme con la opinión mayoritaria pues da prelación al rasgo más distintivo del carácter universal del derecho al voto: el sufragio igualitario. Al determinar que se contarán todos los votos que se emitieron el domingo, respetamos la igualdad del voto y decretamos que todos los votos tendrán el mismo peso, no importa cuándo se emitieron. Hoy, este Tribunal realza el valor del derecho al voto y de la participación ciudadana en los procesos electorales. Más aun, envía un mensaje claro de que cualquier acción que lacere este derecho fundamental es una afrenta a la democracia, a la Constitución y a una de las libertades más importantes del ser humano.

Con esto en mente, y aunque de un tiempo a esta parte no existe pausa para las tragedias que enfrentamos como Pueblo, como una optimista eterna, sé que también superaremos este día.

I.

El 9 de agosto de 2020 cargará con la marca del día en que, ante la mirada internacional, millones de puertorriqueñas y puertorriqueños fuimos testigos de una debacle que postra una sombra sobre nuestro proceso electoral. La incompetencia administrativa de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y de sus oficiales principales negó a los electores el derecho fundamental al voto. Fracasó con su obligación legal principal: "[g]arantizar que los servicios, procesos y eventos electorales se planifiquen, organicen y realicen con pureza, transparencia, seguridad, certeza, rapidez, accesibilidad y facilidad para los electores de manera costo-eficiente, libre de fraude y coacción [...]". Art....

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