Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Junio de 1908 - 27 D.P.R. 394

EmisorTribunal Supremo
DPR27 D.P.R. 394
Fecha de Resolución 5 de Junio de 1908

27 D.P.R. 394 (1919) GONZÁLEZ ET AL. V. BENÍTEZ ET AL. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO González et al., Demandantes y Apelantes, v. Benítez et al., Demandados y Apelantes.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Ponce en pleito sobre nulidad de contrato y otros extremos.

No. 1885.-Resuelto en mayo 23, 1919.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogados de los demandantes: Sres. José A. y Alberto S. Poventud.

Abogado de los demandados: Sr. Francisco González Fagundo.

El Juez Asociado Sr. del Toro, emitió la opinión del tribunal.

En el año de 1904 falleció don Manuel González y Fernández. Durante su matrimonio con doña Clementina Lugo y Calzada había adquirido las tres fincas rústicas a que se refiere este pleito, situadas todas en el término municipal de Naguabo, distrito judicial de Humacao. La propiedad de dichas fincas a la muerte del señor González pasó a su indicada esposa y a sus legítimos hijos María, Manuela, Arístides, Manuel, Carlota y Clementina y así se hizo constar en el registro de la propiedad.

El 5 de junio de 1908 doña Clementina Lugo y Calzada por su propio derecho y a nombre de sus menores hijos no emancipados entonces, Manuel, Carlota, Clementina y Arístides González y Lugo, y María y Manuel González y Lugo, ambos por su propio derecho, comparecieron ante notario público y vendieron las repetidas tres fincas a José J. Benítez. Previamente la Sra. Lugo había sido autorizada para vender las participaciones correspondientes a sus menores hijos en las indicadas fincas por la Corte de Distrito de San Juan.

Benítez entró inmediatamente en la posesión de las tierras y las arrendó, hipotecó y vendió finalmente, en 1913 y 1914, a otras personas. Las ventas se verificaron después de iniciado este pleito que lo fué en 1913. La demanda enmendada que se archivó en Ponce está fechada en 1916.

Basándose en que la venta era una mera nulidad en cuanto a ellos porque se había llevado a efecto en contravención a la ley, los demandantes pidieron a la corte que así lo declarara; que les reconociera su derecho a disfrutar de sus condominios consistentes en tres sextas partes proindivisas de la mitad también proindivisa de cada una de las fincas; que decreta la división de la comunidad y la entrega de sus participaciones a los demandantes y que condenara al demandado Benítez a satisfacer a los demandantes la suma de ocho mil pesos por rentas, productos, beneficios y utilidades, con más las costas del pleito.

Fueron varios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Febrero de 1950 - 70 D.P.R. 866
    • Puerto Rico
    • 10 Febrero 1950
    ...J. Ochoa & Hno. et al., 26 D.P.R. 689; Agenjo y Santiago et al. v. Santiago et al., 26 D.P.R. 713; González et al. v. Benítez et al., 27 D.P.R. 394. Según indicamos más arriba, este procedimiento está gobernado por los artículos 159 del Código Civil y 80--82 de la Ley relativa a Procedi......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Junio de 1921 - 32 D.P.R. 936
    • Puerto Rico
    • 6 Junio 1921
    ...siendo los demás adultos podían someterse. Véase por analogía si es que no tiene aplicación directamente el caso de González v. Benítez, 27 D.P.R. 394, resuelto por la Corte Suprema de los Estados Unidos 261 U. S. La resolución apelada debe anularse y devolverse el caso para ulteriores proc......
2 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Febrero de 1950 - 70 D.P.R. 866
    • Puerto Rico
    • 10 Febrero 1950
    ...J. Ochoa & Hno. et al., 26 D.P.R. 689; Agenjo y Santiago et al. v. Santiago et al., 26 D.P.R. 713; González et al. v. Benítez et al., 27 D.P.R. 394. Según indicamos más arriba, este procedimiento está gobernado por los artículos 159 del Código Civil y 80--82 de la Ley relativa a Procedi......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Junio de 1921 - 32 D.P.R. 936
    • Puerto Rico
    • 6 Junio 1921
    ...siendo los demás adultos podían someterse. Véase por analogía si es que no tiene aplicación directamente el caso de González v. Benítez, 27 D.P.R. 394, resuelto por la Corte Suprema de los Estados Unidos 261 U. S. La resolución apelada debe anularse y devolverse el caso para ulteriores proc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR