Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 31 D.P.R. 189
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 31 D.P.R. 189 |
v.
Recurso gubernativo contra nota del Registrador de la Propiedad de San
Germán en un procedimiento de embargo.
No. 549. Resuelto en noviembre 13, 1922.
Los hechos están expresados en la opinión.
Abogado del recurrente: Sr. B. Forés. El registrador recurrido compareció por escrito.
El Juez Asociado Sr. Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
En pleito seguido por el Banco de San Germán contra Demetrio Irizarry
Basora, a instancia del demandante la Corte Municipal de San Germán decretó,
exigiendo fianza, el aseguramiento de bienes del demandado. El secretario
de la corte libró mandamiento al marshal para que practicara el embargo y
habiendo sido trabado en bienes inmuebles lo comunicó al Registrador de la
Propiedad de San Germán para que lo anotara, lo que éste hizo pero
consignando el defecto subsanable de "no haberse insertado en el mandamiento
ni acompañarse por separado el documento o documentos que motivaron dicha
anotación," El Banco de San Germán entiende que no existe tal defecto
subsanable e interpuso este recurso gubernativo con el fin de que hagamos
esa declaración.
Dispone el artículo 72 de la Ley Hipotecaria que las anotaciones preventivas
que deban su origen a procedimiento de embargo o secuestro expresarán la
causa que haya dado lugar a ellas, y el importe de la obligación que las
hubiere originado; y dice el primer párrafo del artículo 97 de su reglamento
que "Toda anotación preventiva que no pueda hacerse sino por providencia
judicial, se verificará en virtud de la presentación en el registro de
mandamiento del juez o tribunal, en el que se insertará literalmente el
particular de la providencia en que se haya dictado, su fecha y el documento
o documentos que hayan motivado dicha anotación."
De acuerdo con esos preceptos debe presentarse en el registro el documento o
documentos...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 19 de Marzo de 1975 - 103 D.P.R. 578
...y el concordante Art. 97 de su Reglamento (30 L.P.R.A. sec. 977),2 ha de prevalecer la norma de Banco San Germán v. Reg. San Germán, 31 D.P.R. 189 (1922), que aplicada al presente caso admite la inscripción del mandamiento de embargo toda vez que la falta de acompañar la [P581] sentencia, d......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 19 de Marzo de 1975 - 103 D.P.R. 578
...y el concordante Art. 97 de su Reglamento (30 L.P.R.A. sec. 977),2 ha de prevalecer la norma de Banco San Germán v. Reg. San Germán, 31 D.P.R. 189 (1922), que aplicada al presente caso admite la inscripción del mandamiento de embargo toda vez que la falta de acompañar la [P581] sentencia, d......