Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 32 D.P.R. 475
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 32 D.P.R. 475 |
32 D.P.R. 475 (1923) ROSENSTADT & WALLER, INC. V.
REGISTRADOR
Recurso gubernativo contra nota del Registrador de la Propiedad de Guayama a
una escritura de contrato de refacción.
No. 578. Resuelto en noviembre 19, 1923.
Los hechos están expresados en la opinión.
Abogado de la recurrente: Sr. A. Mena. El registrador recurrido no compareció.
El Juez Asociado Sr. Wolf, emitió la opinión del tribunal.
Rosenstadt & Waller celebraron un contrato de refacción agrícola con
Valeriano Santos, por el cual el segundo hipotecó su plantación para
responder de anticipos de $1,000 para llevar a cabo su cosecha de 1924.
Hubo varias estipulaciones secundarias entre las partes y Santos se
comprometió a vender todo su tabaco para dicho año a la referida Rosenstadt
& Waller. La cláusula octava del contrato de refacción prescribe, entre
otros particulares, lo que sigue:
"En caso de que el tabaco depositado fuere vendido a tercera persona, la
compañía percibir en concepto de indemnización la cantidad de un dollar por
cada quintal de tabaco producido en dicha plantación, entendiéndose que esta
cantidad cubre cualquier perjuicios que la compañía pudiera sufrir por dejar
de obtener el tabaco."
Al ser presentada al Registrador de la Propiedad la escritura que contenía
el precedente contrato, fué inscrita en el libro de contratos de refacción
agrícola. Asimismo inscribió la hipoteca en el registro de la propiedad en
tanto garantizaba la suma de $1,000 de refacción, pero denegó la inscripción
en cuanto a la garantía establecida para la indemnización de un dollar por
cada quintal de tabaco que se vendiera a un tercero "por no determinarse la
cantidad que se garantiza por la hipoteca."
Expresa el recurrente que el contrato es uno lícito y que el defecto no
existe puesto que no hay precepto alguno que prohiba a los interesados hacer
la distribución del capital, intereses y costas que tengan por conveniente,
siempre que resulte bien determinada la responsabilidad de la finca, y cita
al efecto las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de España de febrero 9 de 1898 y de febrero 19 de 1904.
Ahora bien, aunque en la escritura se fija cierta suma para principal,
intereses y costas, y se distribuye en la propiedad no hay absolutamente
ninguna determinación o límite de la suma por la cual el deudor de la
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Diciembre de 1928 - 42 D.P.R. 757
...de precisión en las cantidades garantizadas. La opinión se funda en el caso de Rosenstad & Waller, Inc., v. Registrador de Guayama, 32 D.P.R. 475. En el primer caso se trataba de la Ley Hipotecaria, y en el segundo se extendía el razonamiento al registro de contratos En cuanto a si el c......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Diciembre de 1928 - 42 D.P.R. 757
...de precisión en las cantidades garantizadas. La opinión se funda en el caso de Rosenstad & Waller, Inc., v. Registrador de Guayama, 32 D.P.R. 475. En el primer caso se trataba de la Ley Hipotecaria, y en el segundo se extendía el razonamiento al registro de contratos En cuanto a si el c......