Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Marzo de 1924 - 33 D.P.R. 823

EmisorTribunal Supremo
DPR33 D.P.R. 823
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 1924

33 D.P.R. 823 (1924) RODRÍGUEZ V. REGISTRADOR TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Rodríguez, Recurrente, v. El Registrador de Arecibo, Recurrido.

No.: 597 Sometido: Julio 29, 1924 Resuelto: Diciembre 8, 1924.

Nota de E. Ginorio, R. (Arecibo) denegando inscripción de escritura de venta judicial. Confirmada.

J. E. Díaz, abogado del recurrente; el registrador no compareció.

El Juez Presidente Señor del Toro, emitió la opinión del tribunal.

Presentada para su inscripción en el Registro de la Propiedad de Arecibo la escritura de venta judicial otorgada el 5 de marzo de 1924, por Juan Vélez, Márshal de la Corte Municipal de Ciales, a nombre de la Sucesión de Salvador González demandada en cierto pleito en cobro de dinero, a favor de Faustino Rodríguez, el registrador se negó a ello, 1, porque la finca vendida no está inscrita a favor de la demandada; 2, porque no se trata de herencia yacente; 3, porque los demandados no venden voluntariamente cumpliendo una obligación que contrajera su causante, ni justifican su carácter de herederos; 4, porque no se siguió ejecución hipotecaria; 5, porque la deuda reclamada corresponde pagarla en parte a los demandados; 6, porque no se ha probado que la corte municipal que conoció del pleito tuviera jurisdicción sobre los demandados, y 7, porque el endoso de la orden de ejecución hecho por el Márshal de la Corte Municipal de Manatí, no dió autoridad al de la de Ciales.

Leída la escritura otorgada, se observa que sólo contiene una somera descripción de cierto pleito iniciado en una corte municipal para cobrar ochenta dólares de intereses adeudados con motivo de cierto préstamo hipotecario contraído por el causante de los demandados. Se dice que el pleito se falló en rebeldía. No se transcriben en la escritura ni se acompañan separadamente el emplazamiento y la sentencia.

Se expresa además en la escritura que dictada la sentencia en rebeldía, "fué despachado mandamiento de ejecución de la dicha sentencia, por el Secretario de la Corte Municipal de...

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