Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 36 D.P.R. 316
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 36 D.P.R. 316 |
F.
Carrera y Hermano, recurrente,
v.
No.: 663, -Sometido: Enero 14, 1927, Resuelto: Febrero 25, 1927.
Nota de Luis Capó Matres, R. (San Germán), denegando inscripción de venta
judicial. Revocada.
Nazario & García Méndez, abogados del recurrente; El Registrador compareció
por escrito.
El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.
Hay algunas cuestiones subsidiarias, pero la principal cuestión envuelta en
esta apelación es si al embargar y vender la propiedad de un demandado, el
márshal está obligado a hacer una exención de $500 a beneficio del demandado
de acuerdo con la Ley del "Homestead" (hogares seguros) que dispone en sus
secciones primera y cuarta lo siguiente:
Sección 1. Que todo jefe de familia, que tenga familia, tendrá derecho a
una finca de homestead, hasta el valor de quinientos dollars ($500) en una
estancia, plantación o predio de terreno y en los edificios contenidos en el
mismo, que le pertenezca o que posea legalmente, en virtud de arrendamiento
o en otra forma, y estuviere ocupado por él o ella como su residencia; y
dicho homestead y todo derecho o título sobre el mismo estará exento de
embargo, sentencia, exacción o ejecución, excepción hecha de las
contribuciones que adeudare, el valor de la venta (compra) de dicha
propiedad o la responsabilidad incurrida por mejoras que se hicieren en la
misma, y excepción hecha también de lo que más adelante se establece;
Disponiéndose, que en caso de arrendamiento u otro contrato análogo nada de
lo contenido en esta ley se interpretará en el sentido de que se prohiba al
dueño o propietario de dicha estancia, plantación o predio de terreno, y de
los edificios contenidos en el mismo, entrar de nuevo en posesión de dicha
propiedad de acuerdo con lo estipulado en dicho contrato de arrendamiento o
convenio, al faltarse al cumplimiento de las condiciones del mismo.
"Sección 4. Que no se hará venta alguna, por virtud de sentencia o
ejecución, de ninguna estancia, plantación o predio de terreno, y de los
edificios contenidos en el mismo, cuando se reclamare u ocupare dicha finca
como homestead, a menos que se obtenga por ella una suma mayor de quinientos
dollars ($500). En caso que dicha estancia, plantación o predio de terreno
y los edificios en el mismo, se vendieren por más de...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Noviembre de 1952 - 74 D.P.R. 085
...reclamar aportando la prueba necesaria en el procedimiento de ejecución o aun después del mismo. F. Carrera & Hno. v. Registrador, 36 D.P.R. 316; v. Keith, 49 D.P.R. 185; sección 5, párrafo 4 de la Ley núm. 87 de 13 de mayo de 1936 ((1) pág. 463). Ello es así, porque el derecho de hogar......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Noviembre de 1952 - 74 D.P.R. 085
...reclamar aportando la prueba necesaria en el procedimiento de ejecución o aun después del mismo. F. Carrera & Hno. v. Registrador, 36 D.P.R. 316; v. Keith, 49 D.P.R. 185; sección 5, párrafo 4 de la Ley núm. 87 de 13 de mayo de 1936 ((1) pág. 463). Ello es así, porque el derecho de hogar......