Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 39 D.P.R. 502
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 39 D.P.R. 502 |
No.: 4902, -Sometido: Marzo 4, 1929, Resuelto: Abril 26, 1929.
Resolución de R.
H. Todd, Jr., J. (Ponce), aprobatoria de un Memorándum de
costas.
--Confirmada y revocada en parte.
Henry G. Molina, M. León Parra y Gustavo Rodríguez, abogados de los
apelantes; R. V.
Pérez Marchand, abogado del apelado.
El Juez Asociado Señor Texidor, emitió la opinión del tribunal.
Resuelto un pleito seguido por María Echevarría, viuda de Subirá, y otros
demandantes contra Rafael Saurí, como demandado, sobre injunction, la parte
demandante presentó un memorándum de costas, en el que se incluye una
partida de doce mil dólares para honorarios de abogados, en la forma que sigue:
"Honorarios de abogados por investigación de los hechos, estudio detenido de
la ley, preparación de demanda con 5 causas de acción, preparación de
petición sobre `restraining order' e injunction pendente lite, preparación
de declaraciones juradas, orden inhibitoria y `restraining order';
preparación para juicio y comparecencia ante la Corte de Distrito un día,
resoluciones con resultado favorable; preparación de nueva orden fianza,
estudio de moción sobre apertura del caso, preparación y contestación y otra
comparecencia ante la Corte de Distrito en oposición a la moción como
resultado favorable para los demandantes. Valor de dichos servicios
teniendo en cuenta la importancia del caso por la dificultad de las
cuestiones envueltas $12,000.00."
El demandado formuló oposición a esos honorarios, y se tramitó el caso,
presentando las partes sus pruebas. La corte dictó su resolución en 7 de
diciembre de 1928, reduciendo la partida por honorarios a $2,000, y
condenando al demandado a pagar, de esa partida, la suma de $1,000. Contra
esa resolución se ha interpuesto el presente recurso de apelación.
Dos errores se señalan por la parte apelante. El primero, relativo a la
fijación de cuantía de los honorarios en $2,000, y el segundo relativo a la
condena al demandado, del pago de la mitad de esos honorarios.
En lo que afecta a la cuantía, hemos examinado la prueba que se ofreció a la
corte de distrito, y es forzoso que nos ocupemos de algún particular de la misma.
Desde luego, el éxito de las gestiones del...
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Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Abril de 2006, número de resolución KLAN0501302
...de producción, son datos a considerar en la remuneración, que se ha llamado con justicia honorarios. Echevarria Vda. De Subira v. Sauri, 39 D.P.R. 502, 504 (1929). (citas En vista de ello, consideramos -al igual que lo hizo el Tribunal de Primera Instancia- que la prueba presentada por el ......
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Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Abril de 2006, número de resolución KLAN0501302
...de producción, son datos a considerar en la remuneración, que se ha llamado con justicia honorarios. Echevarria Vda. De Subira v. Sauri, 39 D.P.R. 502, 504 (1929). (citas En vista de ello, consideramos -al igual que lo hizo el Tribunal de Primera Instancia- que la prueba presentada por el ......