Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 1 de Julio de 1929 - 40 D.P.R. 822

EmisorTribunal Supremo
DPR40 D.P.R. 822
Fecha de Resolución 1 de Julio de 1929

40 D.P.R. 822 (1930) PORTO RICO FERTILIZER V. CORTE TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Porto Rico Fertilizer Company, peticionaria, v. La Corte de Distrito de Humacao, Hon. Gabriel Castejón, Juez, demandada.

No.: 693, -Sometido: Febrero 10, 1930, Resuelto: Abril 11, 1930.

Certiorari para revisar orden de Gabriel Castejón, J. (Humacao), sobre afianzamiento de embargo. Anulado el auto expedido.

Dubón & Ochoteco, abogados de la peticionaria; A. Arroyo Rivera, abogado de la demandante en el pleito principal.

El Juez Asociado Señor Texidor, emitió la opinión del tribunal.

De la petición de auto de certiorari, de los autos, y de dos certificaciones presentadas, aparece: Que ante la Corte de Distrito de Humacao siguió Stubbe Brothers, Incorporated, una acción civil contra José Agustín Díaz, en cobro de una cantidad, que según la petición de certiorari es de $4,432, aunque luego aparecen otras sumas; el pleito tiene el número de orden 11954, en esa corte.

Que en el aludido pleito se embargó al demandado una plantación de caña de azúcar, en vía de aseguramiento, y que se amplió el embargo, y se nombró un administrador, que fué Don Antonio Roig; éste se hizo cargo de la plantación, atendió a obtener la molienda, y como producto de ella depositó en corte $9,176.07, líquido obtenido.

Que en el mismo caso civil que se cita la corte dictó sentencia contra el demandado, en fecha 1 de julio de 1929, condenándole a pagar a Stubbe Bros., Inc., la suma de $2,088.66 (dos mil ochenta y ocho dollars y 66 centavos), intereses al 12 por 100 anual, $233.28 (doscientos treinta y tres dollars y veintiocho centavos) por ciertos implementos comprados, $300 (trescientos dollars) por honorarios de abogado, y las costas; sentencia que se notificó a las partes, apelando ambas.

Que ante la Corte de Distrito de San Juan y bajo el número 8177, siguió J.

  1. Manrique otro pleito contra José Agustín Díaz, en cobro de cantidad; y en período de ejecución de sentencia el Márshal de la Corte de Distrito de Humacao reembargó sobre la suma de $9,176.07, que tenía embargada Stubbe Bros., Inc., en lo necesario hasta $785.61 por principal y $152.94, por intereses y costas, notificándose al Secretario de la Corte de Distrito de Humacao, quien expidió check por $938.55 para cumplimiento de aquella sentencia.

Que Salvador L. Rocafort siguió ante la Corte de Distrito de Humacao un pleito civil, No. 11436, contra José Agustín Díaz sobre cobro de cantidad y en dicho pleito y para asegurar la efectividad de sentencia la corte dictó resolución decretando un embargo por $2,237.45 sobre los $9,176.07 depositados en la secretaría por el administrador judicial en el caso civil 11954, notificándose el embargo al secretario de la corte.

Que en el caso civil 10225 seguido por la Porto Rico Fertilizer Co., demandante, v. José Agustín Díaz, en la Corte de Distrito de San Juan, en 1 de agosto de 1929 y en aseguramiento de sentencia el márshal de la Corte de Distrito de Humacao embargó la suma de $2,165.75, parte de la de $9,176.07, depositada, como antes se...

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