Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 42 D.P.R. 323

EmisorTribunal Supremo
DPR42 D.P.R. 323

42 D.P.R. 323 (1931) PUEBLO V. DUELL

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado,

v.

William S. Duell, acusado y apelante.

No.: 3816, -Sometido: Enero 17, 1930, Resuelto: Mayo 26, 1931.

Sentencia de Domingo Sepúlveda, J. (San Juan), condenando al acusado por delito de infracción al artículo 328 del Código Penal. Confirmada.

Henry G. Molina, abogado del apelante; R. A. Gómez, abogado de El Pueblo, apelado.

El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.

William S. Duell apela de una sentencia que lo condena a seis meses de

prisión por infracción al artículo 328 del Código Penal, como fué enmendado

en 1916, porque por imprudencia temeraria, negligencia o descuido dejó e

hizo que un automóvil "Mercedes" que guiaba en determinada fecha y sitio

chocase con otro automóvil "Chevrolet", causando así la muerte de José María Tirado.

Dos son los motivos que alega en apoyo de su recurso: primero, que la corte

inferior cometió error al declarar sin lugar su moción de nonsuit; segundo,

que también cometió error al declararlo culpable porque de acuerdo con la

evidencia no cometió delito alguno.

Desestimada por la corte inferior la moción del acusado para que lo

absolviera por no ser suficiente la prueba presentada por el fiscal para

dictar sentencia condenatoria (nonsuit), el apelante presentó prueba y por

esto renunció a que sea considerada esa moción. El Pueblo v. Alvarado, 19

D.P.R.

870; El Pueblo v. González, 24 D.P.R. 713, y El Pueblo v. Ojeda, 26

D.P.R.

438. Por consiguiente, examinaremos toda la prueba presentada en el

juicio para resolver si se cometió el segundo de los errores alegados.

Un automóvil "Mercedes" guiado por el apelante caminaba poco después de las

doce de la noche de una determinada fecha desde San Juan para Río Piedras y

al llegar al sitio donde está la Parada 30 de los carros eléctricos chocó

con otro automóvil "Chevrolet" que estaba detenido en la carretera a la

derecha de ella, en la misma dirección que llevaba el "Mercedes". Como

consecuencia de ese accidente resultó muerto José María Tirado y otra

persona, Jorge Luis Rivera, con heridas en la cara.

Según declaró Jorge Luis Rivera él y José María Tirado habían estado de

paseo esa noche en el "Chevrolet" y cuando se retiraban para Río Piedras

detuvieron el automóvil cerca de la Parada 30 de los carros eléctricos para

arreglar la luz trasera que se les apagaba, a fin de evitar una multa, y

dejaron detenido el "Chevrolet" en el lado derecho de la carretera yendo

para Río Piedras, casi perpendicularmente a ella, con sus ruedas delanteras

sobre el paseo de la carretera y con las traseras hacia la cuneta y vía de

los carros eléctricos que está cercana; que a la derecha del automóvil como

quedó

situado había un árbol de mango y luego otro en la misma dirección

hacia Río Piedras; que aquel sitio estaba claro por estar alumbrado con dos

bombillas eléctricas, una en la carretera y otra en la vía de los carros

eléctricos; que cuando Tirado y él bajaron del "Chevrolet" quedaron los

focos delanteros del automóvil encendidos; que no oyó bocina ni vió luces de

otro automóvil pero casi al momento de haber bajado llegó un automóvil de

San Juan y...

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