Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 42 D.P.R. 338

EmisorTribunal Supremo
DPR42 D.P.R. 338

42 D.P.R. 338 (1931) HERNÁNDEZ V. MELÉNDEZ

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

José Hernández, peticionario y apelante,

v.

Ernesto Meléndez, Alcaide de la Cárcel de Distrito de Aguadilla, recurrido;

y El Pueblo de Puerto Rico, opositor y apelado.

No.: 4373, -Sometido: Mayo 20, 1931, Resuelto: Mayo 26, 1931.

Resolución de E. S. Mestre, J. (Aguadilla), denegando solicitud de hábeas corpus.

Confirmada.

García Méndez & García Méndez, abogados del apelante; R. A. Gómez, abogado de El Pueblo, apelado.

El Juez Asociado Señor Texidor, emitió la opinión del tribunal.

José

Hernández, acusado ante la corte de distrito de Aguadilla, por el

delito de asesinato, fué arrestado y se hallaba bajo la custodia de Ernesto

Meléndez, Alcaide de la cárcel de distrito de Aguadilla, a virtud de

mandamiento expedido por el Fiscal del distrito citado, cuando acudió a la

misma corte de distrito de Aguadilla, con una petición de habeas corpus,

fundada en que el fiscal que ordenó su arresto, habiendo presentado contra

él su acusación, no tenía prueba alguna para justificar que se había

cometido tal delito de asesinato por el peticionario, y que la acusación

mostraba prima facie un caso de homicidio voluntario, y que el fiscal no

tenía prueba alguna contra el acusado, de que éste hubiera cometido

asesinato, homicidio o cualquier delito. Pidió a la corte la libertad del

acusado, y en el caso de probarse que el fiscal tenía alguna prueba de

homicidio, se ordenara la reducción de la calificación del delito.

La corte ordenó la expedición del mandamiento a Ernesto Meléndez, que

compareció

con la persona del peticionario; el caso fué tramitado y oído con

la intervención del fiscal, quien aportó su prueba; y la corte resolvió

declarar sin lugar la petición de habeas corpus. Contra esta resolución ha

apelado José Hernández, señalando un error como sigue:

Cometió

manifiesto error de hecho y de derecho el tribunal inferior al

declarar sin lugar el presente recurso de...

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