Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Marzo de 1927 - 42 D.P.R. 514
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 42 D.P.R. 514 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 1927 |
42 D.P.R. 514 (1931) RAMÍREZ CUERDA V. YUMET MÉNDEZ TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Dr. T. J. Ramírez Cuerda, demandante-apelado-apelante, v. Angel María Yumet Méndez, demandado-apelante-apelado.
No.: 4798, -Sometido: Febrero 6, 1930, Resuelto: Julio 7, 1931.
Sentencia de E. S. Mestre, J. (Aguadilla), declarando con lugar demanda en cobro de honorarios profesionales por servicios médicos prestados, sin costas. Confirmada.
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García Ducós, abogado del apelante; J. Alemañy Sosa, abogado del apelado.
El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
El Dr. T. J. Ramírez Cuerda demandó a don Angel María Yumet Méndez para que le pagase la cantidad de $5,000 como valor razonable de los servicios médicos que le prestó. Dictada sentencia condenatoria por la cantidad de $1,500 con los intereses legales desde la interposición de la demanda y sin especial condena de costas, interpuso el demandado esta apelación.
La cuestión fundamental en este recurso es que la cantidad de $1,500 concedida por la corte inferior como valor razonable de los servicios del demandante es excesiva y debe ser rebajada a $350 que el apelante estima justo y que ofreció pagar en su contestación a la demanda.
Resulta de la prueba que don Angel María Yumet Méndez, que vive en Aguadilla, enfermó el 4 de marzo de 1927 de tonsilitis o absceso peritonsilar según su médico el Dr. Igartúa, mejorando poco después, a tal punto que por tres o cuatro días salió a la calle, pero después volvió a ponerse malo y su médico encontró entonces un estado de edema de las bases de los pulmones, teniendo una enorme cantidad de albúmina, sangre y cilindros en la orina por lo que su diagnóstico entonces fué de nefritis secundaria a la tonsilitis o absceso peritonsilar. En 22 de marzo hubo una consulta con el Dr. Biamón, de San Juan, quien estuvo de acuerdo con el diagnóstico y con el tratamiento del médico de cabecera Dr. Igartúa, pero el enfermo siguió agravándose y el 27 de marzo en ocasión de estar en Aguadilla los doctores Biamón y González Martínez, de San Juan, y habiendo sido llamado el Dr. Torregrosa, tuvo lugar otra consulta y todos ellos estuvieron conformes con el diagnóstico de nefritis aguda secundaria a la tonsilitis.
El día 30 de marzo fué llamado en consulta el demandante, que ejerce su profesión en Mayagüez, donde tiene una clínica, y tuvo lugar otra consulta entre los Drs. Ramírez Cuerda, Igartúa, Zamora y Cardona, en la que después de la información del caso y...
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Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2004, número de resolución KLRA200300405
...del profesional, su experiencia como médico, y aún la situación económica del paciente, entre otros. Ramírez Cuerda v Yumet Méndez, 42 D.P.R. 514, 517-18...
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