Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 44 D.P.R. 154
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 44 D.P.R. 154 |
TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
No.: 4765,
Sometido: Noviembre 25, 1932,
Resuelto: Noviembre 30, 1932.
Resolución y sentencia de R. Arjona Siaca, J. (Humacao), declarando respectivamente, sin lugar moción de nuevo juicio y condenando al acusado por delito de Homicidio Voluntario, sin costas. Confirmadas.
F. Cervoni Gely, abogado del apelante; R. A. Gómez, Fiscal, abogado de El Pueblo, apelado.
El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.
Arístides Delgado fué convicto por la Corte de Distrito de Humacao del
delito de homicidio voluntario y sentenciado a sufrir la pena de diez años
de presidio con trabajos forzados. A él se le acusó de haber dado muerte a
Manuela Millán con un machete.
El acusado presentó una moción de nuevo juicio que fué
declarada sin lugar.
Esta apelación ha sido interpuesta contra la resolución negando la concesión
de un nuevo juicio.
El primer señalamiento es que la corte cometió error al permitir que el
fiscal modificara la acusación originalmente presentada de asesinato en
primer grado a asesinato en segundo grado. Se desprende que al solicitarse
durante el juicio que la acusación fuese modificada, el fiscal manifestó a
la corte algo al efecto de que así se reduciría el número de recusaciones.
El apelante alega que la razón señalada por el fiscal fué
injusta para con
el acusado al así reducirse el número de recusaciones. Empero la corte
entendió estas observaciones como que simplemente llamaban su atención al
hecho de que las recusaciones serían menos. El objeto del fiscal, según
entendió la corte, no fué
meramente reducir el número de recusaciones. De
todos modos, el derecho del fiscal de rebajar la calificación del delito era
prácticamente absoluto y no se cometió error alguno. En realidad el acusado
resultaba beneficiado. Decimos esto, sin entrar en la cuestión de si se
privó al acusado de algún derecho a recusar, no habiéndose demostrado que se
hubieran agotado las recusaciones.
El segundo señalamiento de error se dirige al hecho de que la corte permitió
a un testigo que declarara respecto a la agresión sin antes haber probado el
corpus delicti. El orden de la prueba cae dentro de la sana discreción de
la corte y no se demostró perjuicio alguno.
En sus instrucciones...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Octubre de 1962 - 86 D.P.R. 220
...asesinato en primer grado con el calificativo de deliberación cuando lo que procedía era una de segundo. Véase además Pueblo v. Delgado, 44 D.P.R. 154 En el segundo error se apunta la negativa a permitir a la defensa impugnar a un testigo de cargo. Terminaba de declarar éste y había manifes......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Octubre de 1962 - 86 D.P.R. 220
...asesinato en primer grado con el calificativo de deliberación cuando lo que procedía era una de segundo. Véase además Pueblo v. Delgado, 44 D.P.R. 154 En el segundo error se apunta la negativa a permitir a la defensa impugnar a un testigo de cargo. Terminaba de declarar éste y había manifes......