Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Abril de 1933 - 45 D.P.R. 791

EmisorTribunal Supremo
DPR45 D.P.R. 791
Fecha de Resolución10 de Abril de 1933

45 D.P.R.

791 (1933) ORTIZ PERICCHI V. REGISTRADOR

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Juan Ortiz Pericchi, recurrente,

v.

El Registrador de la Propiedad de San Germán, recurrido.

El Mismo v. El Mismo.

Nos.: 899 y 900, Sometidos: Noviembre 6, 1933, Resueltos: Noviembre 28, 1933.

Nota de Luis Capó Matres, R. (San Germán), negándose a cancelar una inscripción en el registro, solicitada a tenor de lo prescrito en el Artículo 71 de la Ley Hipotecaria. Revocada, debiendo procederse a la cancelación ordenada.

Juan J. Toro, abogado del recurrente; el registrador recurrido compareció por escrito.

El Juez Presidente Señor del Toro, emitió la opinión del tribunal.

Están estos recursos gubernativos tan estrechamente relacionados que

estudiaremos las cuestiones en ellos envueltas en una sola opinión.

Dueños José Claudio y su esposa María Rosario Cruz y Galarza de ciertas

fincas, las hipotecaron a favor de Juan Ortiz Pericchi en garantía de cierta

cantidad que el segundo prestara a los primeros. Vencida y no satisfecha la

obligación garantizada, el acreedor inició en la Corte de Distrito de Ponce

el 10 de abril de 1933 el procedimiento sumario que autoriza la ley para la

ejecución de la hipoteca. El 11 del propio abril se requirió de pago a los

deudores y el 28 de junio siguiente se ordenó la venta de la propiedad

gravada.

Anunciada la venta en los sitios públicos de costumbre de Ponce y

San Germán y mediante los correspondientes edictos publicados en el

periódico "El Día" en sus ediciones correspondientes al 20 de junio y al 5,

11 y 17 de julio de 1933, se procedió a efectuarla en la fecha señalada o

sea el 18 de julio de 1933, adjudicándose las fincas hipotecadas al

acreedor, único licitador que se presentara. El propio día 18 de julio el

márshal otorgó escritura pública a favor del comprador, y presentado el

documento en el Registro de la Propiedad de San Germán, el registrador se

negó a inscribirlo por nota de agosto 28, 1933.

Como apareciera que los dueños de las fincas hipotecadas las vendieran a

Pedro Claudio y a su esposa Rosario López Ortiz por escritura de julio 15,

1933, que se inscribió en el Registro, el comprador solicitó de la Corte de

Distrito de Ponce que ordenase la notificación correspondiente a los dichos

Pedro Claudio y su esposa, a fin de que en el término de diez días

procedieran a satisfacer el montante de la hipoteca, apercibidos de que si

así no lo hiciesen se ordenaría la cancelación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 18 de Julio de 1933 - 51 D.P.R. 495
    • Puerto Rico
    • 18 Julio 1933
    ...escritura fué inscrita posteriormente de acuerdo con la resolución dictada por el Tribunal Supremo en el caso de Ortiz v. Registrador, 45 D.P.R. 791. También aparece probado que el demandado José Claudio Elena ha continuado en posesión de la casa objeto del desahucio, después de haberla ven......
1 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 18 de Julio de 1933 - 51 D.P.R. 495
    • Puerto Rico
    • 18 Julio 1933
    ...escritura fué inscrita posteriormente de acuerdo con la resolución dictada por el Tribunal Supremo en el caso de Ortiz v. Registrador, 45 D.P.R. 791. También aparece probado que el demandado José Claudio Elena ha continuado en posesión de la casa objeto del desahucio, después de haberla ven......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR