Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 52 D.P.R. 485

EmisorTribunal Supremo
DPR52 D.P.R. 485

52 D.P.R. 485 (1938) PUEBLO V. RAMÍREZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado,

v.

Ramón Ramírez, acusado y apelante.

Núm.: 6823, Sometido: Diciembre 17, 1937, Resuelto: Enero 13, 1938.

Sentencia de R. Arjona Siaca, J. (Humacao), condenando al acusado por delito de Portar Armas Prohibidas.

Revocada y absuelto el acusado.

Burset & Pérez Pimentel y Manuel A. Bustelo, abogados del apelante; R. A. Gómez, Fiscal, y Luis Janer, Fiscal Auxiliar, abogados de El Pueblo,

apelado.

El Juez Asociado Señor Travieso emitió la opinión del tribunal.

La acusación en el presente caso lee así:

"El referido Ramón Ramírez en uno de los días del mes de octubre de 1936, en

la municipalidad de Vieques, dentro del Distrito Judicial de Humacao, P. R.,

ilegal y voluntariamente portaba sobre su persona un revólver, arma con la

cual puede causarse daño corporal y con disparos del cual dió muerte a

Felipe Bermúdez (a) Toto."

El acusado ha apelado de la sentencia de tres meses de prisión que le fué

impuesta, alegando como único error que dicha sentencia no está sostenida

por la prueba y es contraria a la prueba y a derecho.

Hemos examinado la prueba. Ella establece los hechos siguientes:

El policía insular Hermenegildo Maldonado declaró que como dos o tres días

después del encuentro entre el acusado y Felipe Bermúdez (a) Toto, en el que

este último perdió la vida, el acusado le entregó un revólver y le manifestó

que él le había quitado el revólver a Bermúdez en el momento de la lucha;

que el acusado tenía una herida en el hombro, que parecía como de navaja o

algo así.

Agustín R. Quiñones, declaró: que en la madrugada del suceso él estaba como

a 75 u 80 metros de donde oyó

unas detonaciones; que corrió hacia el sitio,

quedándose como a 20 ó 25 metros de distancia y que desde allí oyó al

acusado que decía que con el mismo revólver de Toto éste se había pegado un

tiro mientras luchaba con el acusado; que cree que cuando el acusado decía

eso el tendría el revólver en la mano, pero que no vió el revólver porque

estaba a distancia.

Eladio Pérez Rodríguez, declaró: que el día de autos el interfecto,

conocido por Toto, llegó al establecimiento del testigo y pidió le sirvieran

una botella de ron; que se le dió el ron y se lo tomó allí con otras

personas; que después pidió

otra botella y él se la dió; que continuaron en

la tienda, hablando de política, el testigo y Maximino Ramírez y Ramón

Ramírez, el acusado; que...

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