Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Julio de 1932 - 53 D.P.R. 812

EmisorTribunal Supremo
DPR53 D.P.R. 812
Fecha de Resolución21 de Julio de 1932

53 D.P.R. 812 (1938) EX PARTE THE NATIONAL CITY BANK

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

The National City Bank of New York, peticionario y apelado, Ex parte;

María Trinidad Ramos y sus hijos, opositores y apelantes.

Núm.: 7511

Sometido: Mayo 10, 1938

Resuelto: Julio 30, 1938.

Sentencia de T. Torres Pérez, J. en Comisión (Humacao), declarando sin lugar la oposición al informativo de dominio y decretando el dominio interesado. Confirmada.

Joaquín Vendrell, abogado de los apelantes; F. González Fagundo, abogado del apelado.

El Juez Asociado Señor Travieso emitió la opinión del tribunal.

En el año 1909 don José Ramírez Muñoz solicitó se declarase a su favor el dominio de una finca rústica. Cumplidas las formalidades legales y ordenada la inscripción solicitada, practicóse ésta en el Registro de la Propiedad de Caguas, al folio 206, Tomo 32 de Caguas, finca núm. 1589, inscripción 1 a., describiéndose la finca así:

"Rústica: Predio de terreno en el barrio 'Bairoa' del Municipio de Caguas, compuesto de media cuerda de terreno, en lindes por el norte con Ramona Alambert; por el sur con Adolfo Flores, Francisco P. Chiqués, Leoncio Velázquez y Plácido González; por el este con Ignacio Piliche y el antiguo camino de los Núñez, y al oeste con la Sucesión de Víctor Fernández."

Con posterioridad a la inscripción del dominio de dicha finca a favor de José Ramírez Muñoz, éste segregó y vendió cinco porciones de terreno, de 400, 167.58, 169.40, 262.68 y 596.75 metros cuadrados, respectivamente. Restando el área total de dichas cinco segregaciones, o sea 1,596.41 metros cuadrados, del área total de la finca principal, o sea de 1,965.20 metros cuadrados, que es el equivalente de media cuerda, quedó reducida la finca principal a 368.79 metros.

Dicha finca principal así reducida fué embargada y vendida en pública subasta para satisfacer una sentencia obtenida por el National City Bank of New York en pleito sobre cobro de dinero contra la Sucesión de José Ramírez Muñoz. En las diligencias de embargo y subasta se hizo constar que la porción de terreno había quedado reducida a 465 metros cuadrados más o menos, con las edificaciones enclavadas en ella. Dicha porción de terreno y sus edificaciones fueron adjudicadas al Banco ejecutante por la suma de $6,000. El registrador inscribió la venta del terreno y denegó la inscripción en cuanto a los edificios por no hallarse éstos inscritos a nombre de los demandados ni de ninguna otra persona.

En 21 de julio de 1932 el National City Bank of New York radicó ante la Corte de Distrito de Humacao una petición en la que...

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    ...cabida a la descrita entre dichos linderos, no origina ningún derecho en favor del demandado: Ex Parte National City Bank of New York , 53 D.P.R. 812 (Travieso) (1938), cita precisa a las págs. 816-817; León v. 68 D.P.R. 890 (Todd hijo) (1948), cita precisa a la pág. 892. Este no es el caso......
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