Res. Conj. 18, 06/30/13, 1 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.

Legislatura2013-2016
EventoResolución Conjunta
MedidaRCC0229
AutoresRep. Jaime R. Perelló Borrás, Rep. Miembros del PPD
Fecha30 de Junio de 2013

(R. C. de la C. 229)

RESOLUCION CONJUNTA NUM. 18

30 DE JUNIO DE 2013

Para autorizar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a desembolsar los fondos que sean necesarios para el pago de las correspondientes liquidaciones a los empleados que presenten solicitudes de retiro, antes del 30 de junio de 2013, o antes del 31 de diciembre de 2013, segun dispone el Articulo 5-115 de la Ley Num. 447 de 15 de mayo de 1951, segun enmendada, ante la Administracion de los Sistemas de Retiro y para disponer que la linea de credito establecida en el Banco Gubernamental de Fomento para sufragar el Programa de Incentivos, Retiro y Readiestramiento creado en virtud de la Ley 70-2010, tambien sea utilizada para asignar los fondos necesarios para el pago de dichas liquidaciones.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Resolucion Conjunta Num. 146 del 21 de noviembre de 2011, autorizo a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (en adelante ``OGP'') a asignar a las Agencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico los fondos necesarios para que el Administrador del Programa, creado en virtud de la Ley 70-2010, conocida como la ``Ley del Programa de Incentivos, Retiro y Readiestramiento'', pudiera conceder los incentivos economicos u otros beneficios a los empleados que se acogieron al programa de retiro temprano o separacion voluntaria de sus empleos en el Gobierno del Estado Libre Asociado. A estos fines, dicha Resolucion ordeno a la OGP a consignar la totalidad de estos fondos en el Presupuesto del Ano Fiscal 2011-2012. No obstante, si la totalidad de estos fondos no pudieran consignarse en dicho Ano Fiscal, la cantidad que faltara o la totalidad de los recursos serian asignadas con cargo a cualquier otro fondo, presupuesto futuro o linea de credito. Consono con lo alli dispuesto, se establecio en el Banco Gubernamental de Fomento una linea de credito por cien millones de dolares ($100,000,000) para estos propositos.

Por otro lado, a partir de la aprobacion de las enmiendas recientes a la Ley Num. 447 de 15 de mayo de 1951, segun enmendada, la cual crea el ``Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de...

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