Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Junio de 1948 - 68 D.P.R. 919

EmisorTribunal Supremo
DPR68 D.P.R. 919
Fecha de Resolución11 de Junio de 1948

68 D.P.R. 919 (1948)

PAGÁN V. OTERO CHÁVEZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Luis M. Pagán, demandante y apelante

vs.

Francisco Otero Chávez, demandado y apelado

Núm. 9694

68 D.P.R. 919

11 de junio de 1948

Sentencia de Emilio S. Belaval, J. (San Juan), declarando sin lugar demanda de desahucio, con costas, sin honorarios de abogado. Revocada y devuelto el caso.

Arrendador y Arrendatario--Acción del Propietario Volver a Entrar en y Recobrar la Posesión--Desahucio--Derecho o Causa de Acción--Causas para el Desahucio--Demolición Parcial o Total para Construir Nuevo Edificio.-El dueño de un solar donde existen dos casas tiene derecho a desahuciar a sus inquilinos para realizar una obra que incluye la demolición parcial de ambas casas y que, a virtud de su reconstrucción y ampliación, quedarán convertidas en un solo edificio, con mayor razón si, como ocurre en este caso, queda probado su deseo de recobrar el local de buena fe a fin de demolerlo total o parcialmente con la intención de construir un nuevo edificio y que los planos de la obra han sido presentados a, y aprobados por, las autoridades correspondientes.

Luis M. Pagán, pro se y Angel Roberto Díaz, abogado del apelante.

Vicente Géigel Polanco, abogado del apelado.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ TODD

El artículo 12 de la Ley núm. 464, aprobada el 25 de abril de 1946 ((1) pág.

1327), conocida por Ley de Alquileres Razonables, dispone que sólo podrá promoverse el desahucio contra inquilinos, entre otros, en el caso especificado con la letra (d) que, en lo pertinente, dispone:

"(d)

Cuando el propietario demuestre a satisfacción del tribunal que desea de buena fe recobrar el local a fin de demolerlo total o parcialmente con la intención de construir un nuevo edificio, siempre que los planos para tal construcción hayan sido debidamente presentados y aprobados por la autoridad correspondiente." (Bastardillas nuestras.)

Amparándose en esta disposición legal, Luis M. Pagán inició acción de desahucio contra Francisco Otero Chávez. Alegó que es dueño de un solar en la esquina de las calles Loiza y Las Flores, en Santurce, en el cual existen dos casas, una de dos plantas de concreto y techada de zinc, colindando con las calles Loiza y Las Flores y la otra, terrera de concreto y techada de zinc con frente a la calle Las Flores; que la casa de dos plantas la tiene arrendada al demandado por un canon de $105 mensuales, por contrato de mes a mes; que el demandante desea...

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