Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Febrero de 1948 - 68 D.P.R. 186

EmisorTribunal Supremo
DPR68 D.P.R. 186
Fecha de Resolución12 de Febrero de 1948

68 D.P.R. 186 (1948) PUEBLO V. RODRÍGUEZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado

vs.

José A. Rodríguez y Jacinto Dávila, acusados y apelantes

Núm. 13019

68 D.P.R. 186

12 de febrero de 1948

Sentencia de F.

Gallardo Díaz, J. (Bayamón), condenando al acusado por delito de transportar leche adulterada. Confirmada.

  1. Derecho Penal--Apelación--Revisión--Cuestiones Relativas a las Pruebas y Conclusiones Sobre las Mismas--Apreciación de las Pruebas.-La conclusión a que la corte a quo llegue al apreciar la prueba, no será alterada en apelación a no demostrarse que ella cometió manifiesto error o actuó con pasión, prejuicio o parcialidad.

  2. Alimentos (foods)-Procesos y Castigos-De la Evidencia-Su Suficiencia-Transportación de Leche Adulterada para el Consumo Humano.-Prueba de que la muestra de la leche que resultó adulterada se tomó de un porrón en una guagua que traía otros a una planta de envase que se dedicaba a la venta de leche, al frente de la cual se hallaba la guagua en que se transportaba el producto para entregarlo allí, unida a la declaración no objetada del Inspector de Sanidad que tomó la muestra de que la leche era para el consumo humano, bastan para dejar probado el hecho de que ésta era transportada para ese consumo.

  3. Id.--Id.--Apelación--Revisión--Errores no Perjudiciales--Admisión o Exclusión de Pruebas.-El permitir que una química graduada, sin licencia de la Junta de Químicos, declare en cuanto a un examen de leche hecho por ella como empleada del Negociado de Químicos del Departamento de Salud no es perjudicial cuando el Jefe de dicho Negociado testifica al efecto de que ella es tal química graduada y que el examen de la leche lo hizo en presencia suya y bajo su dirección y del mismo resultó la leche adulterada.

José L. Feliú Pesquera, abogado del apelante.

Hon. Procurador General Luis Negrón Fernández, y J. Rivera Barreras, Fiscal del Tribunal Supremo, abogados de El Pueblo, apelado.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ MARRERO

El Fiscal del Distrito de Bayamón formuló acusación contra José A. Rodríguez y Jacinto Dávila por el delito de transportar leche adulterada, contra el primero como dueño del producto y contra el segundo como conductor del vehículo en que ésta se transportaba. Celebrado el juicio de rigor, la corte declaró culpables a ambos acusados y les condenó a pagar $40 de multa o en su defecto a sufrir un día de cárcel por cada dólar dejado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Mayo de 1950 - 71 D.P.R. 440
    • Puerto Rico
    • May 23, 1950
    ...y siendo ésta suficiente para sostener el veredicto1 no será alterado en apelación. Pueblo v. Santos, 67 D.P.R. 650; Pueblo v. Rodríguez, 68 D.P.R. 186 ; v. Blanco, 68 D.P.R. 932 . Pasemos al segundo error señalado. [2-4] Según aparece de los autos ante nos, el juez de la corte inferior, al......
1 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Mayo de 1950 - 71 D.P.R. 440
    • Puerto Rico
    • May 23, 1950
    ...y siendo ésta suficiente para sostener el veredicto1 no será alterado en apelación. Pueblo v. Santos, 67 D.P.R. 650; Pueblo v. Rodríguez, 68 D.P.R. 186 ; v. Blanco, 68 D.P.R. 932 . Pasemos al segundo error señalado. [2-4] Según aparece de los autos ante nos, el juez de la corte inferior, al......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR