Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Agosto de 2014, número de resolución KLAN201302060
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201302060 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 18 de Agosto de 2014 |
| | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K PE2013-5028 (907) Sobre: Entredicho provisional, injunction temporero, injunction permanente, acción contra crimen organizado, ejecución de gravamen, cobro de dinero, incumplimiento de contrato , daños, triple daño, acción civil |
Panel especial integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Candelaria Rosa.1
Candelaria Rosa, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de agosto de 2014.
La caracterización de la sentencia apelada como una de pedir sendos permiso de intervención y enmienda a demanda con censura previa a derechos
constitucionales efectuada por el apelante desconoce que el Tribunal de Primera Instancia predicó su determinación en que [p]or imperativo de las Reglas la bifurcación o fragmentación de los procedimientos es indeseable, y se propende por el contrario a la máxima expansión del ámbito de la acción civil trayendo a su núcleo los elementos dispersos de reclamaciones, partes y remedios en orden a la adjudicación integral de la controversia, criterio que apoyó en Diez Rodríguez v. Guzmán Ruiz, 108 DPR 371, 378 (1979). Con tal razonamiento el apelante podrá estar en desacuerdo, pero lo cierto es que el mismo desacredita su caracterización y, evaluado frente al expediente en apelación, nos persuade.
Veamos.
Los hechos pertinentes a la resolución del presente caso remiten a la existencia de los casos Advanced Computer Technology, Inc. v. Autoridad de Edificios Públicos, K CD20040664 (506); Gómez Holding Holdings, Inc. v. Advanced Computer Technology, Inc. y otros, K AC20091257 (902); Gómez Holding Holdings, Inc. v. Advanced Computer Technology, Inc., Oriental Bank, Osvaldo Karuzic, Jaime Romano y otros, K AC20130014 (505). A propósito de los mismos, el Tribunal de Primera Instancia tomó conocimiento judicial de su...
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