Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 7 D.P.R. 360

EmisorTribunal Supremo
DPR7 D.P.R. 360

7 D.P.R. 360 (1904) EX PARTE LIZARDI

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Ex Parte Lizardi.

Solicitud para que se expida mandamiento de Habeas Corpus.

No. 35.-Resuelto en Agosto 18, 1904.

La solicitud fué presentada al Juez Asociado Sr. Hernández en su despacho.

EXPOSICION DEL CASO.

Resultando: que en la cuasa criminal seguida en el Tribunal de Distrito de

Humacao contra Manuel Lizardi por el delito de abuso de confianza fué

condenado Lizardi, por sentencia de veinte y tres de Septiembre del año

próximo pasado á la pena de tres años de presidio, y habiendo interpuesto

apelación contra dicha sentencia se le permitió que prestará fianza por la

cantidad de cinco mil dollars, habiéndola prestado Don Laureano MartÃnez,

Don Silvestre Castrillo Rosario y Don José Y. Esetrás, quienes se obligaron

á entregar á Lizardi para el cumplimiento de la sentencia, si ésta era

confirmada ó modificada, y en el caso de ser revocada y ordenarse la

celebración de nuevo juicio, á hacerle comparecer ante el Tribunal á que la

causa fuera remitida.

Resultando: que estando en libertad Lizardi bajo la fianza de que se ha

hecho mérito, sus fiadores entregaron, en diez y nueve de Enero del

corriente año, al Alcaide de la Cárcel de Humacao una copia del acta de

fianza por ellos prestada, al objeto de que aquél fuera nuevamente detenido,

como asà lo fué en la misma fecha, habiendo sido trasladado en quince de

Febrero siguiente á la Cárcel de San Juan por órden del Director de

Prisiones, en cuyo establecimiento se encuentra aún bajo la custodia de su

Alcaide, quién tiene copia del acta de fianza prestada.

Resultando: que esta Corte Suprema, en diez y ocho de Mayo último, revocó

la sentencia apelada y ordenó la devolución de la causa á

la Corte de

Humacao para la celebración de un nuevo juicio ó para cualquier otra

resolución que autorice la ley.

Resultando: que el Letrado Don Juan R. Ramos, en representación de Manuel

Lizardi, ha ejercitado el recurso de habeas corpus para que se ponga en

libertad á Lizardi por haber transcurrido más de sesenta dÃas sin que se

haya presentado nueva acusación contra el mismo, invocando como fundamentos

legales de su pretensión los artÃculos 11 y 448 caso 1ø.

del Código de

Enjuiciamiento Criminal y los números 1ø. y 2ø. del artÃculo 483 del mismo

Código.

Resultando: que el Letrado de Lizardi ha presentado copia de un escrito que

dice dirigió á la Corte de Humacao en nueve de Junio último...

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