Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Septiembre de 1956 - 79 D.P.R. 617

EmisorTribunal Supremo
DPR79 D.P.R. 617
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 1956

79 D.P.R. 617 (1956) PUEBLO V. TRIBUNAL SUPERIOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO, PETICIONARIO

VS.

TRIBUNAL SUPERIOR DE PUERTO RICO, SALA DE PONCE, HON.

WALDEMAR DEL VALLE, JUEZ, DEMANDADO; JOHN DOE, C/P BRAULIO COLÓN, INTERVENTOR

Núm. 2175

79 D.P.R. 617

5 de septiembre de 1956

CERTIORARI para revisar Resolución de Waldemar del Valle J. (Ponce), que declaró con lugar moción sobre supresión de evidencia obtenida en virtud de orden de allanamiento. Se deja sin efecto la resolución y se devuelve el caso para ulteriores procedimientos.

  1. Registros e Incautaciones--Ordenes de Registro o Allanamiento y su Ejecución o Cumplimiento--Descripción del Sitio o Sitios, Personas o Cosas en las Declaraciones Juradas o en las Órdenes de Allanamiento o Registro--La manifestación en la declaración jurada y en la orden de allanamiento de que la casa a ser allanada está radicada en determinado kilómetro de una carretera que se nombra, unida a los hechos de que la casa está en una zona rural, que se le describe como la residencia del acusado, y que se suministran otros detalles de la casa, son suficientes, en ausencia de evidencia contradictoria, para que la descripción de la casa resulte suficientemente precisa para el funcionario encargado de diligenciar la orden de allanamiento.

  2. Id.--Id.--Id.--La descripción en la declaración jurada y en la orden de allanamiento en la casa a ser allanada, radicada en una zona rural, puede ser suficiente aun cuando sea más general que la descripción que se haga de una casa situada en una zona urbana.

  3. Id.--Id.--Id.--El nombre de la persona que ocupa la casa a ser allanada, cuando se incluye en la declaración jurada y en la orden de allanamiento, ayuda a situar la casa, pero no es necesario incluir tal nombre.

  4. Id.--Disposición de la Propiedad Ocupada--Supresión de la Evidencia Obtenida--La resolución declarando con lugar una moción sobre supresión de evidencia obtenida a virtud de una orden de allanamiento, fundada en que la descripción de la casa allanada, según la declaración jurada y en la orden de allanamiento, no era suficiente, debe dejarse sin efecto de aparecer que la descripción es de su faz suficientemente específica para hacerle saber a la persona a cargo de diligenciar la orden qué casa allanar, y nada deja a la discreción de esa persona.

Hon. Secretario de Justicia José Trías Monge, Rafael L. Ydrach Yordán, Ramón Olivo Nieves, y Augusto Saavedra, Fiscal, Fiscal...

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  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 28 de Junio de 1960 - 81 D.P.R. 904
    • Puerto Rico
    • 28 Junio 1960
    ...para suprimir y eliminar evidencia obtenida por medio de un allanamiento cuya legalidad se impugna (Cf. Pueblo v. Tribunal Superior, 79 D.P.R. 617 ), o (c ) una moción para que se entregue al acusado copia de las declaraciones juradas prestadas en el curso de la investigación fiscal Pueblo ......
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