Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 3 de Febrero de 1965 - 91 D.P.R. 721
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 91 D.P.R. 721 |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 1965 |
91 D.P.R. 721 (1965) PUEBLO V. RODRÍGUEZ
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
EL PUEBLO DE PUERTO RICO, demandante y recurrente
vs.
SERGIO E. RODRIGUEZ, acusado y recurrido
Núm. CE-64-20
91 D.P.R. 721
3 de febrero de 1965
PETICIÓN DE CERTIORARI para revisar una SENTENCIA dictada en apelación por Manuel A. Moreda, J. (San Juan) revocando una sentencia por el delito de práctica ilegal de la medicina y ordenando la absolución del acusado. Revocada, y se ordena al Tribunal Superior devuelva el caso al Tribunal de Distrito para la continuación de los procedimientos.
1.
MÉDICOS Y CIRUJANOS--EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA-- QUIROPRACTICOS--
Constituye una práctica ilegal de la medicina el que un quiropráctico firme certificaciones médicas haciéndose pasar por médico cirujano en el ejercicio de su profesión en Puerto Rico, diagnosticando la ausencia de ciertas enfermedades en ciertas personas a favor de quienes expidió dichas certificaciones.
2.
PALABRAS Y FRASES-- Quiropráctica.--Quiropráctica --de acuerdo con la Ley Núm. 493 de 15 de mayo de 1952-- significa la ciencia del tratamiento del cuerpo humano mediante ajustes y manipulaciones encaminadas a corregir desvíos y dislocaciones parciales de la columna vertebral que ejercen presión sobre los nervios, entorpeciendo la transmisión de energía vital del cerebro a los órganos, los tejidos y las células del cuerpo humano.
3.
MÉDICOS Y CIRUJANOS--EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA-- QUIROPRACTICOS-- Además de los actos expresamente prohibídosle por el Art. 10 de la Ley Núm. 493 de 15 de mayo de 1952, un quiropráctico no puede realizar acto alguno fuera del campo de la quiropráctica si esos actos caen dentro del ejercicio de la medicina o cirugía.
4.
ID.--ID.--ID.-- Un quiropráctico sólo puede ejecutar y firmar válidamente certificaciones y documentos legales que se refieren al examen y análisis del cuerpo humano mediante los métodos señalados en la Ley Núm. 493 de 15 de mayo de 1952 ó al tratamiento del cuerpo humano mediante ajustes y manipulaciones encaminados a corregir desvíos y dislocaciones parciales de la columna vertebral, no estando autorizado a diagnosticar ni firmar certificados sobre enfermedades tales como locura, epilepsia, idiotez, sífilis o enfermedades venéreas.
5.
ID.--EN GENERAL--ENFERMEDADES MENTALES-- Los médicos--no los quiroprácticos--son los únicos que pueden diagnosticar y tratar enfermedades mentales.
6.
ID.--EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA--QUIROPRACTICOS.-- La sifilografía--parte de la medicina--no está incluida en la práctica restringida de la quiropráctica.
7.
ID.--ID.--ID.-- Incurre en práctica ilegal de la medicina el que un quiropráctico--persona no autorizada en ejercer la medicina y la cirugía en Puerto Rico--examine a dos personas, diagnostique que no sufrían de enfermedades mentales, epilepsia, sífilis o enfermedades venéreas y luego autorice bajo su firma un documento certificando ese hecho.
8.
ID.--ID.--PROCESOS POR EL EJERCICIO ILEGAL--EVIDENCIA EN GENERAL--SU SUFICIENCIA-- En una denuncia por el delito de práctica ilegal de la medicina contra un quiropráctico, el fiscal no viene obligado a probar que el acusado, dentro del campo limitado de su profesión, no puede diagnosticar la presencia o ausencia de enfermedades mentales, epilepsia, idiotez, sífilis o enfermedades venéreas en un cuerpo humano.
J. B. Fernández Badillo, Procurador General,
y J. F. Rodríguez Rivera, Procurador General Auxiliar, abogados de El Pueblo.
Herminio Concepción de Gracia, e Ismael Betancourt Lebrón, abogados del recurrido.
Sala integrada por el Juez Asociado Señor Pérez Pimentel como Presidente de Sala y los Jueces Asociados Señores Rigau y Dávila.
OPINIÓN EMITIDA POR EL HON.
JUEZ PÉREZ PIMENTEL
El Fiscal acusó a Sergio E. Rodríguez ante el Tribunal de Distrito de una infracción a la ley que prohibe la práctica ilegal de la medicina, cometida de la manera siguiente:
"...
allá para el 20 de marzo de 1962 y en San Juan...
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Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2005, número de resolución KLCE0500997
...Solicitando Sentencia Sumaria Parcial en cuanto a la Reclamación de Daños y Perjuicios. Alegó que, según resuelto en Pueblo v. Rodríguez, 91 DPR 721 (1965), en casos de impericia a los quiroprácticos no les aplica el mismo estándar de cuidado que a los doctores en medicina, sino que les ap......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Octubre de 1995 - 139 DPR 134
...en El Pueblo v. Ruiz, supra, sino que es incompatible con lo que resolvimos en un caso mucho más reciente. En Pueblo v. Rodríguez, 91 D.P.R. 721 (1965), concluimos que un quiropráctico había incurrido en el delito de práctica ilegal de la medicina por la concurrencia de varios Allí dijimos:......
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