Apelativo valida constitucionalidad de la prohibición

El Tribunal de Apelaciones validó ayer la constitucionalidad de los artículos del Código Electoral que impugnaban el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) por prohibir las candidaturas coaligadas.La mayoría del panel de jueces, integrado por Abelardo Bermúdez Torres, Giselle Romero García y con el voto disidente de José Johel Monge Gómez, determinó que los artículos 6.1 y 7.9 del Código Electoral no violentan, inconstitucionalmente, los derechos fundamentales del MVC y del PIP.El juez superior del Tribunal de Primera Instancia de San Juan Raúl A. Candelario López desestimó en junio la demanda de las colectividades, al determinar que la acción presentada "versa sobre una cuestión política". El Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia del tribunal menor, al determinar que la doctrina no aplicaba en el caso.El PIP y el MVC sometieron en mayo la demanda, que busca declarar como inconstitucional los artículos 6.1 y 7.9 del Código Electoral por violar el derecho constitucional de los partidos políticos a presentar candidaturas coaligadas, el derecho al voto de los electores miembros de las colectividades y la libertad de palabra.La mayoría del panel de jueces declaró que existen...

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