Ley Núm. 25 de 18 de Marzo de 2008. Ley de Centros de Cuidado Diurno para Niños de Edad Pre-Escolar en todo Complejo de Vivienda Pública

EventoLey
Fecha18 de Marzo de 2008

Ley Núm. 25 de 18 de

marzo de 2008

(P. del S. 1993)

Para enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 283 de 27 de septiembre de 2003, conocida como la “Ley para el Establecimiento de Centros de Cuidado Diurno para Niños de Edad Pre-Escolar en todo Complejo de Vivienda Pública de nueva construcción que forme parte de la Administración de Vivienda Pública, en donde se utilicen Fondos Públicos, sean Estatales y/o Federales”, a fin de que en todo Centro de Cuidado Diurno en dichos complejos de vivienda se provean cursos o talleres dirigidos a la enseñanza de los valores y virtudes universales no religiosos para el desarrollo del carácter.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La familia es la piedra angular de toda sociedad. El bienestar de toda sociedad depende de que las familias que la componen de igual forma alcancen un pleno desarrollo, estabilidad y bienestar.

En Puerto Rico muchos padres, en especial aquéllos de escasos recursos económicos, y muchos de ellos jóvenes, no cuentan con los recursos económicos para costear los gastos de cuido de sus hijos que aún no asisten a la escuela. Por ello, mediante la Ley Núm. 283 de 27 de septiembre de 2003, se dispuso el establecimiento de Centros de Cuidado Diurno para Niños de Edad Pre-Escolar en todo Complejo de Vivienda Pública de nueva construcción que forme parte de la Administración de Vivienda Pública, en donde se utilicen Fondos Públicos, sean Estatales y/o Federales.

Entendemos que una de las formas en que podemos ayudar a las futuras generaciones de puertorriqueños es educando a los niños, a fin de inculcarles desde temprana etapa en sus vidas sobre valores y virtudes universales para el desarrollo del carácter mediante la promoción de valores humanos, valores afectivos, principios de conducta y buenas costumbres. Educando al individuo desde sus primeros años de vida, se les hará más fácil entender las situaciones y problemas que enfrentará durante el transcurso de su vida.

Es deber de la Asamblea Legislativa aprobar leyes dirigidas a exponer a las personas al conocimiento y a las múltiples formas de aprendizaje desde que nacen. Los valores y virtudes universales deben comenzar a aprenderse desde etapas tempranas en la vida. Los centros de cuidado diurno llevan a cabo diariamente actividades educativas que le brindan la oportunidad a los niños y niñas a...

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