Ley Núm. 194 de 05 de Agosto de 2004. Educación, Ley orgánica del Departamento de; Adiciona Art. 10.06

EventoLey
Fecha 5 de Agosto de 2004

Ley Núm. 194 de 5 de agosto de 2004

(P. del S. 2811)

Para adicionar el Artículo 10.06 a la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico", a fin de crear un Comité de Auditoría del Departamento de Educación, disponer su composición, facultad y deberes; y determinar en cuanto a sus recursos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Es política pública de todo gobierno democrático fomentar y lograr que sus instituciones provean servicios de calidad y excelencia a la ciudadanía. Por tal razón, la contabilidad del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico debe reflejar claramente los resultados de sus operaciones financieras, proveer la información necesaria para la administración de las operaciones gubernamentales y para la preparación y ejecución del presupuesto de cada organismo gubernamental. Además, debe existir un control efectivo sobre los ingresos, desembolsos, fondos, propiedad y demás activos del gobierno.

Toda vez que la sana administración de una entidad gubernamental no debe descansar únicamente en los auditores externos para que identifiquen los problemas y establezcan las recomendaciones para solucionarlos, en los organismos gubernamentales se han creado las oficinas de auditoría interna. Sin embargo, el personal que labora en dichas oficinas es nombrado por el jefe de la entidad gubernamental y responde exclusivamente a dicho funcionario. Lo anterior podría propiciar una falta de independencia de criterio al momento de evaluar la efectividad, eficiencia y economía de los programas y proyectos desarrollados por los organismos de gobierno. No obstante, la solución para lo anterior es la creación de un organismo revestido de total independencia de criterio para evaluar los estudios e investigaciones de las operaciones financieras y administrativas de la entidad gubernamental, sin estar sujetos a la intervención del titular de dicha dependencia.

Ante la crisis que sufrió el Departamento de Educación en la pasada década y ante la necesidad de continuar buscando nuevas alternativas encaminadas a maximizar el uso de los fondos públicos, incluyendo asignaciones federales, y asegurar la utilización óptima de los recursos existentes para el beneficio de nuestros estudiantes, es necesario crear el Comité de Auditoría del Departamento de Educación con el propósito de evaluar el desempeño administrativo del Departamento en cuanto a la legalidad, corrección, exactitud, necesidad y propiedad de las operaciones administrativas y fiscales que se realicen para lograr los objetivos del Departamento de manera efectiva y eficiente, así como para evitar el mal uso de fondos públicos, actuando dicho Comité con total independencia. Dicho Comité se...

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