Ley Núm. 100 de 19 de Mayo de 2006 de Enmienda Art. 3.04 de la Ley del Departamento de Educación

EventoLey
Fecha19 de Mayo de 2006

Ley Núm. 100 de 19 de mayo de 2006

(P. de la C. 1380)

Paraenmendar el Artículo 3.04 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico", a fin de incluir la utilización integral de instrumentos de tecnología moderna para proveer información sobre la educación física a los estudiantes de las escuelas públicas de Puerto Rico.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Sección 5 del Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consagra el derecho de toda persona a una educación que propenda al pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento del respeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales. Siguiendo estos parámetros, se estableció la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico", donde el estudiante es la razón de ser del sistema educativo y el maestro su recurso principal.

De igual manera, las escuelas deben desarrollar en sus alumnos la importancia de tener una buena condición física, y hacer énfasis en la importancia de ser saludables, tanto en su dimensión física, como en la mental y espiritual. Los programas de estudio que se imparten en las escuelas se deben ajustar a las necesidades y experiencias de sus estudiantes.

Los directores, maestros y consejos escolares tienen la responsabilidad de que los cursos incluyan la educación física integrada al currículo y que los estudiantes puedan utilizar los medios electrónicos para la búsqueda de información sobre la educación física.

En su función como Director Académico del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico, el Secretario de Educación tiene la responsabilidad de velar por que el currículo básico ofrecido a los estudiantes cumpla con la política pública enunciada en la Ley Núm. 149, supra.

Esta Asamblea Legislativa estima necesario y conveniente, incluir en el currículo básico la utilización integral de instrumentos de tecnología moderna para proveer información relevante sobre la educación física y las ramas que sean de mayor significación e interés para a los estudiantes de las escuelas públicas de Puerto Rico.

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