Ley Núm. 66 de 11. Abril de 2000 de Enmienda Ley de la Comisión de Practicaje de Puerto Rico

EventoLey
Fecha11 de Abril de 2000

LEY NUM. 66 DEL 11 DE ABRIL DE 2000

Para enmendar el Artículo 29 de la Ley 226 de 12 de agosto de 1999, conocida como "Ley de la Comisión de Practicaje de Puerto Rico", para disponer que mientras la Comisión no se constituya conforme a los parámetros de esta Ley, incluyendo la adopción de su reglamento interno, se mantendrá el estado de derecho y administrativo vigente previo a la aprobación de la Ley sobre la profesión del practicaje.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El 12 de agosto de 1999 se firmó la Ley Núm. 225 que creó la Comisión de Practicaje de Puerto Rico.

Esta Comisión se crea para autorizar, reglamentar, supervisar e imponer sanciones sobre el practicaje, según definido en el inciso (j) del Artículo 2 de dicha Ley.

La Comisión tiene la autoridad y el presupuesto para establecer las reglas de disciplina, reglas de tránsito y para adquirir y financiar todo tipo de embarcación, equipo o materiales necesarios para llevar a cabo su función; además esta facultada para adoptar y promulgar un reglamento de tránsito marítimo y establecer los límites donde los prácticos deben abordar o desembarcar de las embarcaciones.

La Ley dispone también que la Comisión autorizará las tarifas de pilotaje y poseerá y ejercerá los poderes relativos a la protección del tránsito marítimo en las aguas y puertos de la Isla.

Tendrá la capacidad para actuar de forma autónoma, así como la facultad para demandar y ser demandada.

Para constituirse, se requiere del nombramiento por el Gobernador de siete (7) comisionados, quienes luego de ser confirmados por la Asamblea Legislativa, deberán establecer un Reglamento interno para su administración, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.

Al aprobarse la Ley Núm. 226, supra, la Asamblea Legislativa no anticipó que entre el período de aprobación de la Ley y la constitución formal de la Comisión, la profesión del Practicaje no tendría ninguna entidad administrativa que entendiera sobre sus...

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