Ley Núm. 81 de 29 de Julio de 2007 de Enmiendas de la Ley de Financiamiento Municipal

EventoLey
Fecha29 de Julio de 2007

Financiamiento Municipal, Ley de; enmiendas

Ley Núm. 81 de 29 de julio de 2007

(P. de la C. 3509)

Para enmendar el Artículo 2; añadir un nuevo apartado (r) y renombrando los apartados (r), (s), (t), (u), (v), (w), (x), (y) y (z) como los apartados (s), (t), (u), (v), (w), (x), (y) (z) y (aa), respectivamente, del Artículo 3; y añadir un nuevo Artículo 29a a la Ley Núm. 64 de 3 de julio de 1996, según enmendada, conocida como “Ley de Financiamiento Municipal de 1996”.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Como parte de los cambios introducidos a la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994”, por la Ley Núm. 117 de 4 de julio de 2006, según enmendada, y del reconocimiento tanto del Gobierno de Puerto Rico, la Asamblea Legislativa así como de las entidades que agrupan a los Alcaldes de los Municipios de Puerto Rico, en torno a la necesidad de proveer los mecanismos dirigidos a resolver los problemas fiscales que confrontan los municipios, lo que se concretó mediante la imposición de un impuesto municipal sobre ventas y uso al detal mediante la Ley Núm. 117. A esos efectos, se provee mediante la presente Ley, autorizar a los municipios a utilizar los recursos a ser obtenidos de dicha nueva imposición como garantía de las obligaciones autorizadas por la Ley Número 64 de 3 de julio de 1996, según enmendada, conocida como “Ley de Financiamiento Municipal de Puerto Rico de 1996”, con sujeción a los parámetros, limitaciones, condiciones y requisitos establecidos en dicho estatuto.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

Se enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 64 de 3 de julio de 1996, según enmendada, conocida como “Ley de Financiamiento Municipal de 1996”, para que lea como sigue:

Artículo 2.-Política Pública

Es la política pública de nuestro Gobierno y de esta Asamblea Legislativa el agilizar los procesos administrativos y operacionales mediante la reducción de la duplicación innecesaria de estructuras, reglamentos, normas y procedimientos, así como de aquellas leyes que obstaculizan las gestiones de las administraciones públicas que persiguen la eficiencia. Con este propósito, se recogen en una sola ley las disposiciones estatutarias para facilitar el financiamiento municipal. Autorizando, además, a los municipios de Puerto...

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