La herencia: mitos y realidades

¿Alguien puede desheredar a un hijo solo porque no lo visitó por años? ¿Acaso una persona puede dejarle todo a su pareja aunque le sobrevivan hijos o padres? ¿Dónde terminan las propiedades y los bienes si una persona fallece sin dejar testamento y no se le conocen herederos?Sobre estas y otras dudas del proceso de herencia, que en Puerto Rico cambió al entrar en vigor el Código Civil en el año 2020, conversó con Negocios la abogada notaria Amber Lee Vélez Burr."En vida, en ocasiones uno dice lo que uno quisiera que ocurra, pero cuando uno fallece eso pierde eficacia. Lo que opera es el testamento, que recoge la voluntad cuando uno falte", advirtió la licenciada, que lidera el despacho Vélez Burr Legal en Río Piedras. "Cuentas claras conservan la unidad familiar posmortem".Tras el fallecimiento de una persona que se entiende dejó testamento, se deben seguir unos pasos para validarlo e iniciar el proceso de disponer de la herencia.Pasos si hay testamentoEl primero es solicitar al Registro de Testamentos una certificación acreditativa de testamento, que indique cuál está vigente, indicó Vélez Burr. Esto responde a que "el testador pudo haber hecho otro que lo revoca sin decirle a la familia", expuso.Lo segundo es obtener una copia certificada del testamento, que se puede pedir al notario que lo expidió o, si ese profesional se retiró o murió, se debe acudir al Archivo Notarial a solicitarla.Y, si la persona fallecida - que legalmente le llaman "causante" - nombró a un albacea del testamento, es posible que la banca solicite "una carta testamentaria" en la que esa persona acepta el rol ante un notario. "No todos los albaceas aceptan o están en posición de ejercer esa función", advirtió Vélez Burr. Por ello, se dan casos en los que otro heredero tiene que asumirlo o acudir al tribunal para que se nombre a alguien.En los términos más generales, el Código Civil vigente establece que si una persona murió después del 28 de noviembre de 2020, una mitad de la herencia va a los "herederos forzosos" y el resto la puede repartir en su testamento como desee, sea a los mismos herederos, amistades u organizaciones.Los herederos forzosos son el cónyuge sobreviviente, casado legalmente, y los hijos, detalló. Si algún hijo ya falleció, su parte la heredan los nietos del occiso. Si no existen descendientes o cónyuge, entonces esa mitad la heredan los padres o abuelos.En cuanto a la mitad llamada "de libre disposición", "el causante puede dejársela a quien en...

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