In Re: Iris L. Cancio González, 2014 T.S.P.R. 21

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas72-75

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Revisión de Determinación del Juez Presidente Ordenando el Archivo de una Queja.

Hechos: El Sr. Fidel Alonso Vals, el Sr. Guillermo Nigaglioni y el Instituto de Banca y Comercio, Inc. presentaron una queja por alegadas violaciones a los Cánones de Ética Judicial contra la Hon. Iris L. Cancio González. Sostienen que la Jueza Cancio González se negó a acatar un mandato del Tribunal Supremo, por lo que alegan que este proceder confirma su prejuicio y parcialidad en contra de los comparecientes. Aducen que la Jueza Cancio González no permitió presentar una reconvención por prescripción, a pesar de que el Tribunal determinó que la misma procedía y que la acción por dolo no estaba prescrita.

La queja presentada fue tramitada conforme a las Reglas de Disciplina Judicial. La Directora de la Oficina de Administración de los Tribunales desestimó la queja presentada. Adujo que la determinación que la jueza hiciera sobre la descalificación de los abogados y la imposición de sanciones no está comprendida dentro del ámbito de los procesos disciplinarios. Estas deben ser evaluadas como determinaciones judiciales para las cuales existen los procesos

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apelativos correspondientes.

La Directora de la Oficina de Administración de los Tribunales determinó que las expresiones de la Jueza durante los procesos demuestran que concedió amplia oportunidad al representante legal de los quejosos y empleó un tono adecuado y respetuoso. La Directora reiteró que no existía evidencia de que la Jueza Cancio actuara movida por inclinaciones u opiniones personales.

Los quejosos solicitaron revisión ante el Juez Presidente del Tribunal Supremo conforme la Regla 9 de las Reglas de Disciplina Judicial. Los quejosos plantearon que la negativa de la Jueza Cancio González a acatar el mandato del Tribunal constituye una violación ética por ser conducta negligente o incurrir en menosprecio de la ley.

Controversia: Si erró la Jueza Asociada señora Fiol Matta al determinar que la conducta de la Jueza Cancio González constituye un error de juicio o derecho que está dentro de su facultad judicial.

Decisión del Tribunal Supremo: Resuelve que tiene facultad para revisar la determinación del Juez Presidente de archivar una queja contra una juez del T.P.I. o del T.A. Confirma la determinación de archivo de la queja.

Fundamentos legales: La facultad para disciplinar o destituir jueces recae en el Tribunal Supremo. La Ley de la Judicatura de 2003 (Ley 201-2003) expresamente...

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