Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2007, número de resolución KLAN200601385

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200601385
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Enero de 2007

LEXTA20070129-14 Ramos Rodríguez v.

ELA

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ/AIBONITO

PANEL VIII

DANIEL RAMOS RODRÍGUEZ Demandante-Apelante
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandado-Apelado
KLAN200601385
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Caso Núm.: ISCI2006-00050 Sobre: Impugnación de Confiscación

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, la Jueza Varona Méndez y el Juez Hernández

Serrano.

Hernández

Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2007.

Mediante escrito de apelación el señor Daniel Ramos Rodríguez acude ante nosotros solicitando que revoquemos la Sentencia emitida el 29 de septiembre de 2006, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez (“el T.P.I.”) en la que declaraba No Ha Lugar una demanda sobre impugnación de confiscación presentada por éste.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la Sentencia apelada.

I.

El 5 de diciembre de 2005 la Policía de Puerto Rico ocupó el vehículo de motor Ford Explorer del año 2001 el cual aparece inscrito a nombre del señor Daniel Ramos Rodríguez (“el señor Ramos”). Al momento de su ocupación el vehículo se encontraba en posesión del señor Danny J.

Ramos Rivera, hijo del señor Ramos, ya que éste último le había hecho entrega del mismo con el propósito de que le reparara un neumático.

El vehículo fue ocupado porque alegadamente el 4 de diciembre de 2005 el mismo fue utilizado para cometer el delito de tentativa de asesinato y violación a la Ley de Armas de Puerto Rico, Ley Núm. 404 de 11 de septiembre de 2000, según enmendada.

El 29 de diciembre de 2005 el Departamento de Justicia por conducto de la Junta de Confiscación notificó al señor Ramos la confiscación del vehículo y le informó que la División de Vehículos de Motor del Departamento de Transportación y Obras Públicas había tasado el mismo por la cantidad de $10,750.00.

Así las cosas, el 11 de enero de 2006 el señor Ramos radicó demanda contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (“el E.L.A.”) en la que alegó, entre otras cosas, que la confiscación del vehículo fue una ilegal y que le cobijaba la defensa de tercero inocente. De igual forma, en esa misma fecha, el señor Ramos procedió a depositar fianza ascendiente a la cantidad tasada y obtuvo la devolución del vehículo.

Luego de los trámites legales correspondientes, el 29 de septiembre de 2006 el T.P.I.

dictó...

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