Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2007, número de resolución KLAN0701373

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0701373
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2007

LEXTA20071031-01 Olivera Magranel v. ELA de P.R.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL VI

MAX OLIVERA MAGRANEL, SU ESPOSA MARÍA TERESA RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA OLIVERA – RODRÍGUEZ; CARLOS GARCÍA JAUNARENA; Y RAFAEL RODRÍGUEZ GARRASTEGUI Apelantes v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; HONORABLE ANÍBAL ACEVEDO VILÁ, EN SU CAPACIDAD DE GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; HONORABLE KENNETH McCLINTOCK, EN SU CAPACIDAD DE PRESIDENTE DEL SENADO DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; Y HONORABLE JOSÉ F. APONTE HERNÁNDEZ, EN SU CAPACIDAD DE PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Apelados KLAN0701373 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan KCD-2006-0271 (906)

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Cortés Trigo y la Jueza

García García.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2007.

-I-

En 1996, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Núm. 63 de 1ro de julio de ese año, la cual enmendó la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, 11 L.P.R.A. secs. 1 y ss. Entre otros cambios, la Ley 63 aumentó de cinco a veinticinco el número de Comisionados de la Comisión Industrial, 11 L.P.R.A. sec. 8I(b)(1).

Posteriormente, los apelantes Max Olivera Magranel, Carlos García Jaunarena

y Rafael Rodríguez Garrastegui fueron nombrados como Comisionados en la Comisión Industrial.

El apelante Max Olivera Magranel fue nominado y confirmado por el Senado el 29 de julio de 1996. Su nominación inicial fue por cuatro años, hasta el 30 de junio de 2000. Al vencimiento de este término, el 29 de junio de 2000, el apelante recibió un segundo nombramiento a la plaza de Comisionado, esta vez por un término de diez años.

El apelante Carlos García Jaunarena fue nominado por el Gobernador y confirmado por el Senado para el cargo de Comisionado el 29 de julio de 1996. Su nombramiento fue por un término de diez años.

El apelante Rafael Rodríguez Garrastegui fue nominado por el Gobernador y confirmado por el Senado para el cargo de Comisionado el 29 de julio de 1996. Al igual que el apelante Olivera

Magranel, su nombramiento inicial fue por cuatro años, hasta el 30 de junio de 2000. Vencido este nombramiento, el 29 de julio de 2000 el apelante recibió un segundo nombramiento, esta vez por diez años.

Antes del vencimiento de los nombramientos de los apelantes, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Núm. 94 de 25 de marzo de 2003, la que reestructuró una vez más la composición de la Comisión Industrial. Esta Ley redujo nuevamente a cinco el número de Comisionados y limitó sus términos a seis años, 11 L.P.R.A.

sec. 8 I(b)(1) (Supl. 2007).

La exposición de motivos de la Ley expresa que la Asamblea Legislativa entendió que el tamaño de la Comisión Industrial había provocado ineficiencia

en el manejo de los casos, por lo que se justificaba su reducción.

La Ley fue firmada por la Gobernadora y entró en vigor poco después.

El 14 de abril de 2003, el entonces Gobernador Interino notificó a los apelantes que sus plazas habían sido eliminadas. A los apelantes se les concedió una compensación de cuatro meses de sueldo, conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 125 de 10 de junio de 1967, 3 L.P.R.A. secs. 703 y ss., que permite que a los funcionarios públicos se les conceda una compensación final de hasta seis meses de...

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