Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Noviembre de 2007, número de resolución KLCE0701063
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE0701063 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2007 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
GASPAR TORRES GERENA
KLCE0701063
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo
Sobre: Infr. Art. 124 C.P. y Art. 5.07 Ley de Tránsito
Caso Civil Núm.
N1CR20070058
N1CR200600286
Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Juez Cotto
Vives y el Juez Miranda de Hostos.
Martínez Torres, Juez ponente
RESOLUCIÓN
El peticionario, Gaspar Torres Gerena, fue denunciado por violar el Artículo 5.07 de la Ley de Tránsito, Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, 9 L.P.R.A. sec. 5128 (imprudencia o negligencia temeraria al conducir)1, porque, alegadamente, el 21 de octubre de 2006, Torres Gerena conducía negligentemente por el paseo de la Carretera Núm. 3, jurisdicción de Luquillo, y arrolló a dos personas que estaban cambiando una llanta a un automóvil.
Posteriormente, y por los mismos hechos, el peticionario Torres Gerena fue
denunciado por violar el Artículo 124 del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4752 (lesión negligente).
Amparado en la Regla 64(p) de Procedimiento Criminal, 34 L.P.R.A. Ap. II R. 64(p), el peticionario Torres Gerena
solicitó la desestimación de la denuncia por violar el Artículo 124 del Código Penal, supra. Planteó que según el principio de especialidad, la ley especial prevalece sobre la general y por tanto, sólo procede la denuncia por violar la Ley de Tránsito. El Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, denegó la moción. En su solicitud de certiorari de este dictamen, el peticionario Torres Gerena reproduce ante nos su planteamiento.
En una muy bien fundamentada resolución, el tribunal recurrido (Hon.
Wilda Rodríguez Plaza, Juez), se basó en el Artículo 78 del Código Penal, supra sec. 4706. Éste se lee así:
§ 4706. Ideal y medial de delitos
Cuando sean aplicables a un hecho dos o más disposiciones penales, cada una de las cuales valore aspectos diferentes del hecho, o cuando uno de éstos es medio necesario para realizar el otro, se condenará por todos los delitos concurrentes, pero sólo se impondrá la pena del delito más grave, seleccionada de la mitad superior del intervalo de pena.
Lo que esta disposición de ley hace es recoger la jurisprudencia y lo que disponía el...
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