Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Diciembre de 2007, número de resolución KLRA20070865

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20070865
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2007

LEXTA20071221-55 Luque Rodríguez Depto. de Hacienda

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

ARLOS LUQUE RODRIGUEZ Recurrente v. DEPARTAMENTO DE HACIENDA Recurrida
KLRA20070865
Revisión Administrativa procedente de la Oficina Del Procurador del Veterano Puertorriqueño Querella Núm.: 7-07-4-5-711 Sobre: Carta de Derechos del Veterano

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y el Juez Cabán García.

Cabán García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de diciembre de 2007.

El recurrente, Arlos

Luque Rodríguez, presentó una querella ante la Oficina del Procurador del Veterano el 4 de mayo de 2007. En la misma alegó que compró un vehículo de motor el día 28 de marzo de 2007 y no le fue otorgada la exención de arbitrios que otorga la Carta de Derechos del Veterano, Ley Núm. 13 de 2 de octubre de 1980, según enmendada. Solicitó que se le concediera la exención total de arbitrios para veteranos lisiados y se le reembolsara la suma pagada por concepto de arbitrios e impusiera una penalidad al Departamento de Hacienda.1

El Departamento de Hacienda presentó contestación a la querella mediante moción de 5 de julio de 2007. En su comparecencia planteó que la Oficina del Procurador del Veterano no es el foro para dilucidar una solicitud de exención contributiva; que el querellante no cumplió con el procedimiento para reclamar reintegro de cualquier contribución impuesta, establecido en la Sección 6030 del Código de Rentas Internas de 1994, según enmendado; que le corresponde al Departamento de Hacienda evaluar las solicitudes de exención contributiva y emitir una decisión sobre éstas; y que la exención reclamada por el recurrente ya no existe en la Ley, a raíz de la aprobación de la Ley Núm. 117 de 4 de julio de 2006.

El 2 de agosto de 2007 la Oficina del Procurador del Veterano emitió la Resolución administrativa objeto de este recurso. En ella se determinó que dicha Oficina es el organismo administrativo con jurisdicción para entender en toda controversia relacionada con alegadas violaciones a la Carta de Derechos del Veterano y decretó el archivo de la querella fundamentada en la tácita derogación del estatuto que establecía la exención contributiva para veteranos lisiados. Inconforme con la determinación antes indicada, el recurrente solicitó reconsideración

de la misma, la cual no...

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