Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Abril de 2008, número de resolución KLCE200800298

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200800298
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Abril de 2008

LEXTA20080424-005 Fondo del Seguro del Estado v. Rexnord

P.R., Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO DEMANDANTES-RECURRIDOS V. REXNORD PUERTO RICO INC. DEMANDADOS-PETICIONARIOS ---------------------- ISRAEL FALCON CARTAGENA DEMANDANTE-RECURRIDO V REXNORD PUERTO RICO INC. DEMANDADO-PETICIONARIO KLCE200800298 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de CAGUAS Caso Núm: EDP1995-0033 EDP1995-0076 Sobre: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidenta la juez Pesante Martínez, el juez Escribano Medina y la juez Hernández Torres

Escribano Medina, Juez Ponente

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico a 24 de abril de 2008.

Comparece la parte peticionaria, Rexnord de Puerto Rico, Inc. (Rexnord) y solicita la revocación de una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, (Hon.

Anthony Cuevas, J.) el 30 de enero de 2008, notificada el 5 de febrero del mismo año. En la misma, el Tribunal resolvió que no le es extensible a la peticionaria como tercero, la protección de patrono estatutario.

I

El recurrido, señor Israel Falcón Cartagena, empleado de su patrono asegurado Quality Electroplanting Corp. (Quality) sufrió un accidente del trabajo el 30 de abril de 1993. Según alegado, el señor Falcón se encontraba trabajando en dicha fábrica cuando un camión, propiedad de la compañía Rexnord, conducido por Luis Rivas Burgos, empleado de Rexnord, emprendió marcha en retroceso e impactó por la espalda al señor Israel Falcón.

Como resultado de dicho accidente laboral Falcón se reportó al Fondo del Seguro del Estado (el Fondo), bajo la póliza de su patrono directo y reclamó los beneficios dispuestos en la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo de 1935 (LCAT). 11 L.P.R.A. sec.1 et. seq. El Fondo le concedió los beneficios dispuestos en ley. Según esbozado por el peticionario, Quality hacía negocios con Rexnord

en virtud de un contrato verbal de servicios. Mediante dicho contrato, Quality le brindaba a Rexnord

servicio de enchapado a ribetes de metal y servicio de carga y descarga de los artículos propiedad de Rexnord que iban a ser enchapados.

El 1 de febrero de 1995 el Administrador del Fondo presentó ante el Tribunal una demanda contra Luis Rivas Burgos y Rexnord Inc., en virtud del Artículo 31 de la Ley Compensatoria en la que reclamó la suma de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR