Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Febrero de 2009, número de resolución KLCE200800934

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200800934
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2009

LEXTA20090211-03 Franco Casellas v. Hon. Secretario de Obras Públicas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

CARMEN M. FRANCO CASELLAS
Recurrente – Peticionaria
v.
HON. SECRETARIO DE OBRAS PúBLICAS
Recurrido
KLCE200800934 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Recurso rev. núm.: K2AC2008-4883-84 Licencia núm.: N/C Boleto núm.: 576768 24966799 Tablilla: HCH-106

Panel integrado por su presidenta, la Jueza

García García, la Jueza Varona Méndez y el Juez Cabán

García

Varona Méndez, Jueza

Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 11 de febrero de 2009.

La Sra. Carmen M. Franco Casellas nos pide que revisemos por vía del certiorari, que acogemos como apelación, una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, que declaró sin lugar un recurso de revisión de un boleto por infracción a la Ley de Vehículos y Tránsito. Por los argumentos que discutiremos, se revoca la resolución dictada.

I.

El 17 de abril de 2008, se le notificó a la recurrente Carmen M. Franco Casellas en el vehículo de su propiedad la expedición de dos boletos; el primero, por falta administrativa al amparo del Artículo 6.19 (a)(19) de la Ley de Vehículos y Tránsito, Ley número 22 de 7 de enero de 2000, 9 L.P.R.A.

sec. 301 et seq. Del referido boleto surge que se expidió por estar el vehículo estacionado en un estacionamiento privado. Conjuntamente con dicho boleto, se le notificó otro boleto por estacionar en espacio privado reservado a la cónsul checa. Este último se expidió a tenor de una Orden Ejecutiva número JS-220 que autorizó la reubicación

y rotulación del espacio de estacionamiento reservado para el consulado de la República Checa con carácter experimental, a la Caleta de las Monjas frente al número 11 del lado norte. La naturaleza experimental de la referida orden ejecutiva conllevaba que la orden perdería vigencia a los 60 días de que se certificara la rotulación del espacio. La orden ejecutiva se firmó el 29 de mayo de 2007.

Inconforme con las faltas administrativas imputadas, la recurrente presentó oportunamente un recurso de revisión ante el Tribunal de Primera Instancia. En éste, alegó que se le habían expedido los boletos antes descritos e incluyó como parte a la Sra. Judy Gordon Conde, por razón de figurar como querellante al ser ésta la beneficiada del espacio de estacionamiento reservado para el consulado de la República...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR