Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2009, número de resolución KLCE200901224
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE200901224 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2009 |
STEWART TITLE GUARANTY CO. Demandante - Recurrido | KLCE200901224 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil núm.: DCD2007-2537 (401) Cobro de Dinero Daños y perjuicios |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza García García, la Jueza Varona Méndez y la Jueza Coll Martí
Varona Méndez, Jueza
Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 28 de septiembre de 2009.
El peticionario Ramón Ruiz Sánchez y la Sociedad Legal de Gananciales, nos pide que revisemos una resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, que denegó una solicitud de desestimación de demanda contra terceros que fue presentada contra dicha parte por el recurrido, Juan Carlos Rivera Laureano. Sostiene que erró el foro primario al no desestimar la causa de acción en su contra, por encontrarse prescrita.
Por los fundamentos que discutiremos, se expide el auto solicitado y se confirma la resolución recurrida.
El 27 de agosto de 2007, Stewart Title
Guaranty Company presentó demanda contra Ángel Rafael Viera Piovanetti y Juan Carlos Rivera Laureano, en cobro de dinero y ejecución de sentencia. Por motivo de dicha demanda, el recurrido, Sr.
Juan Carlos Rivera Laureano fue emplazado el 11 de septiembre de 2007.
El 11 de septiembre de 2008, el recurrido presentó demanda contra los terceros demandados Ángel Luis Colón Pratts, su esposa Carmen Julia Rivera Santiago y la sociedad legal de bienes compuesta entre ambos; y Ramón Sánchez Ruiz, su esposa Fulana de Tal y la sociedad legal de bienes compuesta entre ambos. En su demanda, el recurrido alegó que había otorgado un contrato de permuta sobre bienes inmuebles el 29 de abril de 2005, en virtud de el cual el Sr. Ángel Luis Colón Pratts y su esposa le entregaron al recurrido un bien inmueble de su propiedad valorado en $175,0000, a cambio de que el Sr. Colón Pratts y su esposa le entregaran al peticionario otro bien inmueble de su propiedad valorado en $150,000 más $20,000. Surge además como alegación en la demanda, que a la fecha de la permuta y según se consignó en la escritura, el inmueble recibido por el recurrido en virtud de la transacción, estaba libre de cargas y gravámenes, lo que no era cierto, por estar dicho bien inmueble gravado con hipoteca a favor de Great
Atlantic Mortgage Corp., por la suma de $155,420, que consta inscrita desde el 1999. En virtud de lo alegado, solicitó que se declarara nulo el contrato de permuta. Asimismo, el peticionario reclamó resarcimiento al amparo del Art. 1802 del Código Civil entre otros remedios y causas de acción, por los daños provocados por las actuaciones del Sr. Ramón Sánchez Ruiz, quien actuó como notario.
El 18 de...
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