Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Diciembre de 2009, número de resolución KLCE200901766

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200901766
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009

LEXTA20091222-12 Zamora Vargas v. García Medina

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

Freddy Zamora Vargas
Peticionario
v.
Angélica García Medina
Recurrida
KLCE200901766
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm. K AC2006-6240 (902) Sobre: División de Bienes Gananciales

Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario y los Jueces Piñero González y Figueroa

Cabán.

Figueroa Cabán, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de diciembre de 2009.

Comparece ante nos Freddy

Zamora Vargas, en adelante el señor Zamora o el peticionario, y solicita que revisemos una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en adelante TPI. En la misma, el TPI permitió un descubrimiento de prueba relacionado con la participación que tuvieran el señor Zamora, y su ex esposa Angélica García Medina, en adelante señora García o la recurrida, en varias corporaciones.

Por los fundamentos que expondremos a continuación se deniega la expedición del auto de certiorari

solicitado.

-I-

El 1ro de julio de 1999 el señor Zamora y la señora García contrajeron matrimonio. El mismo duró hasta el 25 de septiembre de 2006, fecha en que fue disuelto mediante sentencia.1

El peticionario presentó una demanda para que se ordenara la división de los bienes gananciales.2 La recurrida, por su parte, contestó la demanda y alegó que existen participaciones gananciales sobre sociedades comerciales y/o corporativas que tienen que ser inventariadas y valoradas.3

Luego de contestar la demanda, la recurrida presentó una Moción Solicitando Orden ante el TPI. En la misma alega que ha advenido

en conocimiento de que fondos de cuentas bancarias comerciales de corporaciones en que las partes son accionistas, han sido utilizados para pagar gastos del matrimonio durante su vigencia. Y que en la actualidad, fondos de dichas entidades corporativas se utilizan para pagar gastos del señor Zamora tales como la hipoteca del apartamento en donde reside, el colegio del hijo de las partes y gastos de utilidades del peticionario.

Como consecuencia de lo anterior, la señora García solicitó al TPI que expidiera una orden dirigida a varias instituciones bancarias para que le informara si existen cuentas bancarias a nombre de las siguientes entidades financieras, a saber: Metro Island Mortgage, Inc., Priority Mortgage Brokers, Inc., FZ Investment and Consulting Corp., AOV Financial Consultants, Inc. y MI Mortgage Brokers, Inc. De contestar afirmativamente, la señora García solicita de las entidades bancarias interpeladas que se le provea determinada información documental sobre diversos aspectos financieros de las corporaciones financieras previamente mencionadas, así como la identidad de sus accionistas.4

El TPI acogió la solicitud de descubrimiento de la recurrida.5 Inconforme, el peticionario presentó una Moción Urgente de Reconsideración

sobre Orden de Protección de Documentos en la que alega que la información solicitada es de carácter confidencial y privilegiada, afecta derechos de terceros y no es necesaria para probar la ganancialidad

de las acciones.6

Luego de acoger la solicitud de reconsideración del señor Zamora, el TPI concluyó, a base de la doctrina de Alvarado

Colón v. Alemañy Planell, 157 D.P.R. 672 (2002), que la información solicitada podía ser objeto de descubrimiento de prueba. Posteriormente, reiteró dicha posición...

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