Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Mayo de 2010, número de resolución KLRA1000211

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA1000211
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2010

LEXTA20100518-07 Empresas León Méndez, Inc. v. Municipio de Río Grande Junta de Subasta

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL ESPECIAL

EMPRESAS LEÓN MÉNDEZ, INC. Recurrente v. MUNICIPIO DE RÍO GRANDE, JUNTA DE SUBASTA Recurrida KLRA1000211 Revisión administrativa procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Río Grande Adjudicación de Subasta Núm. 2010-01 Serie 2009-2010

Panel integrado por su Presidenta, la Jueza Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Gómez Córdova.

Coll Martí, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 18 de mayo de 2010.

Ha comparecido “por derecho propio”

la parte recurrente Empresas León Méndez, Inc.

representada por su Presidente corporativo, el Sr. José León Escalera, y nos pide la revisión de la Resolución Núm. 2010-09 emitida por la Junta de Subastas del Municipio de Río Grande. En dicha Resolución el ente administrativo recurrido adjudicó una subasta para efectuar mejoras al área recreativa de la Urbanización Río Grande Estate I a la licitadora VML & Asociado, S.E. por $1, 333,693.

La licitadora Empresas León Méndez, Inc. a través de su presidente, nos plantea con varios

argumentos que la decisión de la Junta de Subasta recurrida al no adjudicarle la subasta a Empresas León Méndez, Inc. fue una arbitraria, caprichosa e ilegal, y solicita que ordenemos a la Junta recurrida adjudicarle la buena pro a la corporación recurrente.

Por otro lado, la parte recurrida, Municipio de Río Grande y su Junta de Subastas, ha comparecido y nos solicita la desestimación del presente recurso de revisión, por diversas razones, a saber, que la corporación no acudió ante este foro representada por un abogado, que no le cursó copia de su recurso de revisión a la Junta de Subastas del Municipio de Río Grande ni a su Secretario Municipal, y que el apéndice de su escrito de revisión no contiene los documentos obrantes

en los autos de la Junta de Subastas.

Discutiremos con prioridad el asunto de la representación de la corporación por su presidente.

En el año 1980 este asunto fue tratado de “controversia novel” en el caso de B. Muñoz, Inc. v. Prod. Puertorriqueña, 109 D.P.R. 825 (1980). Allí, en un caso donde el Presidente y único accionista de una entidad corporativa representó a la corporación en varios trámites en el Tribunal de Distrito luego de la renuncia de su abogado, se dijo:

[l]os estatutos que castigan el ejercicio no...

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