Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Octubre de 2010, número de resolución KLAN0901729

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0901729
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2010

LEXTA20101027-001 LR Builders v. AAA de P.R.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

LR BUILDERS, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, EL SR. EDGARDO LÓPEZ RODRÍGUEZ Y SU VICEPRESIDENTE, SR. GENARO ROSARIO DE LA CRUZ Apelantes v. AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS Apelada KLAN0901729 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Incumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios y Cobro de Dinero DAC2008-3128 (501)

Panel integrado por su Presidenta, la Jueza García García, y las Juezas Coll Martí y Varona

Méndez.

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA EN RECONSIDERACIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 27 de octubre de 2010.

La apelante, LR Builders, por conducto de su representación legal, nos solicita que reconsideremos la Sentencia que emitimos el 8 de junio de 2010, notificada el día 11 del referido mes y año. Acogida la Moción Solicitando Reconsideración

presentada oportunamente por la apelante y, en consecuencia, dejada sin efecto nuestra Sentencia desestimatoria del 8 de junio, confirmamos el dictamen recurrido.

I

El pasado 15 de septiembre de 2008 LR Builders presentó Demanda sobre incumplimiento de contrato, daños y perjuicios y cobro de dinero contra la

Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), la compañía de seguros MAPFRE, Fair Construction, Inc. (Fair), la Compañía de Seguros ABC (la compañía tenedora de la póliza de responsabilidad de Fair), MVH Construction (MVH) y la Compañía de Seguros JKL (la compañía tenedora de la póliza de responsabilidad de MVH). En síntesis, alegó en su reclamación que fue subcontratada

por MVH mediante un contrato de construcción para realizar ciertas mejoras al sistema de alcantarillados sanitarios en la Calle Dinuvia, Ave. Santa Juanita, Ave. Laurel, Calle 41, Calle de España, Urb. Santa Juanita, en el Municipio de Bayamón. El dueño de la obra es la AAA, quien contrató a Fair como contratista de la misma. Siendo así, Fair obtuvo fianza de MAPFRE para garantizar, entre otros aspectos, el pago y las obligaciones para con sus suplidores y contratistas. A su vez, Fair subcontrató a MVH para la obra; mientras que MVH subcontrató a LR Builders para la misma.

Arguyó LR Builders en su demanda que la labor de construcción se extendió hasta el 20 de mayo de 2008, fecha en que se detuvo la obra “por desavenencias entre la Compañía Fair Construction y la [AAA], y en relación a los pagos que Fair Construction tampoco quería realizar a la Compañía MVH”. Siendo así, reclamó el pago de doscientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y dos dólares con treinta y siete centavos ($234,662.37) correspondientes a las obras debidamente certificadas por la AAA, así como la cantidad de cien mil dólares ($100,000) en daños y perjuicios.

Posteriormente, la AAA, Fair y MAPFRE presentaron sus respectivas alegaciones responsivas aceptando unos hechos, negando otros y levantando varias defensas afirmativas. En lo que respecta

a la AAA, esta indicó que no formó parte de las negociaciones entre Fair y MVH, ni de las negociaciones entre MVH y LR Builders y que su relación contractual se limitaba a Fair. Señaló, además, que su responsabilidad, si alguna, surgía del artículo 1489 del Código Civil, 31 L.P.R.A. § 4130, y se limitaba a lo dispuesto en el mismo. Por otra parte, negó su responsabilidad en cuanto al reclamo de daños y perjuicios de LR Builders.

A su vez, Fair

alegó en su contestación a la demanda la inexistencia de vínculo contractual alguno con LR Builders. MAPFRE, por su parte, negó las cinco (5) alegaciones de la demanda “por falta de información y/o conocimiento suficiente para formar una opinión sobre lo allí alegado” e indicó que LR Builders no podía beneficiarse de la fianza expedida, toda vez que la misma era en beneficio de la AAA y por las deudas contraídas por Fair.

Así las cosas, MAPFRE, por su parte, solicitó el 10 de noviembre de 2008 que se dictara Sentencia Sumaria a su favor ya que la garantía que prestó mediante fianza sólo se extendía a personas que contrataran directamente con Fair, entre las cuales no estaba LR Builders. El foro recurrido emitió

Sentencia Parcial el 10 de diciembre de 2008, la que cumple con los requisitos de finalidad establecidos en la Regla 43.5 de Procedimiento Civil de 1979, 32 L.P.R.A. Ap. III, R. 43.5, y en ella declaró Con Lugar la referida solicitud de MAPFRE y decretó el archivo, con perjuicio, de la reclamación en su contra. Al presente, dicho dictamen es final y firme. MVH instó demanda contra coparte por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios; Fair contestó la misma.

Posteriormente, Fair

presentó moción en la que solicitó la desestimación de la acción debido a la inexistencia de relación contractual alguna con LR Builders, hecho establecido en la Sentencia Parcial emitida previamente a favor de MAPFRE. Luego de varios trámites procesales, el foro de instancia desestimó, con perjuicio, la reclamación en contra de Fair

mediante Sentencia Parcial,(1) la que cumplía con los requisitos de finalidad procesales. 32 L.P.R.A. Ap. III, R. 43.5. LR Builders

solicitó, oportunamente, reconsideración de dicho dictamen, el 28 de septiembre de 2009. Según los documentos unidos a la Moción Solicitando Reconsideración de la Sentencia que emitimos el 8 de junio de 2010, a través de los cuales pudimos auscultar efectivamente nuestra jurisdicción y que no fueron unidos inicialmente al recurso apelativo presentado, el foro de instancia emitió...

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