Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Mayo de 2011, número de resolución KLCE201100597

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201100597
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2011

LEXTA20110524-12 United Mangement, Inc. v. Entre Soles y Lunitas, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

UNITED MANAGEMENT, INC.
Recurrido-Demandante
Vs.
ENTRE SOLES Y LUNITAS, INC.
Peticionario-Demandado
KLCE201100597
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan SOBRE: DESAHUCIO Caso Núm. K PE2011-0968 (901)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres.

Hernández

Sánchez, Juez Ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de mayo de 2011.

Entre Soles y Lunitas, Inc., nos solicita que dejemos sin efecto la determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, que declaró sin lugar la solicitud de consolidación que presentó. Por los fundamentos que exponemos a continuación, denegamos la expedición del auto de certiorari.

I

El 15 de marzo de 2011 la recurrida United Management, Inc., presentó una demanda de desahucio y cobro de dinero contra Entre Soles y Lunitas.

Adujo que ésta le adeudaba $14,395.38 por concepto de arrendamiento de un local comercial en el que operaba un centro de cuido de niños. Solicitó al Tribunal de Primera Instancia que, luego de los procedimientos de rigor, resolviera la relación contractual entre las partes, decretara el desahucio y condenara a Entre Soles y Lunitas al pago de la cantidad adeudada. United fundamentó esta última solicitud en lo dispuesto en el Art. 627 del Código de Enjuiciamiento Civil, 32 L.P.R.A.

sec. 2829, que permite la acumulación de una reclamación en cobro de dinero en un pleito de desahucio basado en la falta de pago del canon o precio.

El 28 de marzo de 2011 Entre Soles y Lunitas contestó la demanda, presentó varias defensas y reconvino

contra United. Adujo, en esencia, que United había incumplido el contrato de arrendamiento al no haber obtenido la zonificación requerida para el tipo de negocio que operaba y al no atender de forma diligente el procedimiento que, a esos fines, se dilucidaba ante la A.R.Pe. Alegó también que United había aumentado el canon mensual de forma arbitraria y unilateral, y que se vio obligada a buscar un nuevo local y a incurrir en gastos de mudanza y honorarios de abogado.

Surge del expediente que el foro de instancia declaró sin lugar la reconvención que Entre Soles y Lunitas presentó.

Luego, el 6 de abril de 2011, Entre Soles y Lunitas

instó una demanda contra United por incumplimiento contractual y daños y perjuicios. En esa misma fecha, Entre Soles y Lunitas solicitó la consolidación de las dos causas de acción que estaban pendientes ante el tribunal de instancia. Surge de una “Minuta-Resolución”, notificada el 27 de abril de 2011, que el foro de instancia declaró sin lugar la solicitud de consolidación.

De esta determinación recurre Entre Soles y Lunitas

ante nos. Presenta el siguiente señalamiento de error:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al no...

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