Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Diciembre de 2011, número de resolución KLRA201101047

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201101047
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2011

LEXTA20111207-04 Eca General Contarctors, Inc. v. Municipio de Isabela

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL IX

ECA GENERAL CONTRACTORS, INC.
Recurrente
v.
MUNICIPIO DE ISABELA
Recurrido
KLRA201101047
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Isabela Subasta Núm.: 12-03 Sobre: Impugnación de la Adjudicación de Subasta Núm. 12-03

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 7 de diciembre de 2011.

ECA

General Contractors, Inc., (ECA General) presentó un recurso de revisión judicial mediante el cual procuró la impugnación de la adjudicación de la Subasta Núm. 12-03 para la Construcción de Centro Deportivo de Baloncesto en el Municipio de Isabela que le fuera adjudicada por la Junta de Subastas de dicho municipio a Jaico Contractors, Inc. También, ECA

General presentó una Solicitud de Orden en Auxilio de Jurisdicción acompañada al recurso.

El 7 de noviembre de 2011 declaramos NO Ha Lugar la petición en auxilio de jurisdicción por incumplir con la Regla 79(E) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, es decir, porque la notificación a los otras partes no se realizó de manera simultánea a la presentación de la solicitud, resultando en una notificación inadecuada. De otra parte, se le ordenó a la Junta de Subastas, a Jaico Contractos, Inc., (Jaico) y a los restantes licitadores presentar sus respectivas posiciones para el 28 de noviembre de 2011.

Entretanto, ECA Contractors presentó una segunda Solicitud de Orden en Auxilio de Jurisdicción el 23 de noviembre de 2011.

Así las cosas, el Municipio de Isabela y la Junta de Subastas comparecieron el 28 de noviembre del corriente en su escrito Oposición a Solicitud de Revisión Judicial de Adjudicación de Subasta. Ningún otro licitador, a esta fecha, ha presentado escrito alguno.

Estamos en posición de resolver ya que tenemos jurisdicción en virtud de la Ley Núm. 213 de 29 de diciembre de 2009 que enmendó el artículo 15.002 de la Ley de Municipios Autónomos al reducir a diez (10) días el término jurisdiccional para presentar una solicitud de revisión contado a partir del depósito en el correo de la copia de la notificación del acuerdo final o adjudicación. 21 L.P.R.A.

sec. 4702(2).1 El 25 de octubre de 2011, la Junta de Subastas del Municipio de Isabela emitió la carta notificándole a los licitadores su determinación final en cuanto a la adjudicación de la subasta. Dicha comunicación fue notificada por correo certificado el día 26 de dicho mes y año. El recurso de revisión judicial se presentó el 7 de noviembre de 2011 ante la Secretaría del Tribunal de Apelaciones, es decir, dentro del término jurisdiccional de diez (10) días.2

El recurso de revisión judicial es oportuno y se notificó adecuadamente a las otras partes.

Al atender el recurso de revisión judicial en sus méritos, también, habremos de entender en la segunda Solicitud de Orden en Auxilio de Jurisdicción.

I

El trasfondo de la Subasta Núm. 12-03 para la Construcción de Centro Deportivo de Baloncesto en el Municipio de Isabela localizado en la Carretera 112, Interior, Km. 1.4 del Barrio Mora de dicho municipio, se remonta al martes, 30 de agosto de 2011 cuando se publicó el Aviso de Subasta en el periódico Primera Hora. El propio Aviso de Subasta informó a los interesados los trámites a seguir3 para obtener los pliegos de subasta que contienen la descripción del proyecto, la lista de las especificaciones técnicas a cumplir, los documentos específicos a entregar,4 la fecha límite de entrega de los pliegos, la fianza de participación a presentar, entre otros aspectos importantes. Por último, la Junta de Subastas se reservó el derecho de aceptar o rechazar todos o cualquiera de las licitaciones al adjudicar la buena pro en beneficio de los mejores intereses del Municipio de Isabela tomando en consideración otros factores que no fueran sólo precio.

El 15 de septiembre de 2011 se celebró la pre-subasta.

La subasta se celebró el 30 de septiembre de 2011, y presentaron sus respectivos sobres con sus propuestas y los documentos, los licitadores siguientes:

1. Hugo Azbucias-GVG Builders, Inc.

2. Jaime Cortés de Jaico

Contractors, Inc.

3. Maritza Padilla

de CD Builders, Inc.

4. Miriam Rosa de Desarrolladora

J.A., Inc.

5. Ing. Edwin de la Torre de Quality Construction

6. José D. Pitre de ATG Contractors, Inc.

7. Hugo L. Ortiz

de William Contractors Inc.

8. Javier Méndez de MR Méndez

9. Celinés Vega de Karimar

Construction, Inc.

10. Ing. PF Diez Macías

de Vissepó & Diez Construction

Corp.

11. Edwin Cardona

de ECA General Contractors, Inc.

12. Aníbal Hernández de CapCon, Corp.

13. Guillermo Espinol

Pérez de Comfort Systems

USA PR

14. Desarrolladora Covar

Luego de la apertura, se procedió a la verificación de los documentos entregados por cada uno de los licitadores en presencia de todos y, por último, se cerró la subasta. Entonces la Junta de Subastas procedió a cotejar cada uno de los documentos entregados por cada licitador para verificar si cumplían con lo requerido en el pliego de subasta. A fin de realizar esta tarea se utilizó la Hoja de Cotejo Documentos Requeridos Para Otorgar Contratos de Construcción, la cual se cumplimentó para cada licitador.

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