Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2011, número de resolución KLAN200900629

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200900629
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2011

LEXTA20111216-07 Pueblo de P.R. v. Aponte Sánchez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMON - CAROLINA

PANEL V

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. EDILBERTO APONTE SÁNCHEZ ACUSADO KLAN200900629 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla NUM. A LA2009G0007 SOBRE: INF. Art. 5.04 Y OTROS.

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 16 de diciembre de 2011.

El señor Edilberto Aponte Sánchez apeló la sentencia dictada en su contra por el Tribunal de Instancia por la comisión de varios delitos graves.

Evaluada la transcripción de la prueba y los alegatos de las partes, se confirma la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia.

I

El señor Aponte Sánchez fue encontrado culpable de cometer dos infracciones al Artículo 198 del Código Penal de 2004 (robo), una infracción al Artículo 193 del Código Penal, en su modalidad de tercer grado (apropiación ilegal

agravada), una infracción al Artículo 168 del Código Penal (restricción ilegal agravada) y una infracción al Artículo 5.04 de la Ley de Armas, Ley 404 de 11 de septiembre de 2000, 25 L.P.R.A. sec. 458c (uso y portación

ilegal de un arma de fuego).

Conforme con la prueba presentada en el juicio y conforme surge de la transcripción de la prueba oral, el señor Aponte Sánchez participó como coautor de varios delitos perpetrados por un grupo de seis personas, (cinco varones y una fémina). Estos entraron a la joyería "Pochy Joyeros" en el municipio de San Sebastián, el 16 de octubre de 2008. Allí se apropiaron ilegalmente de joyas, prendas, relojes y dinero en efectivo. La mercancía fue valorada en $415,000, más $2,000 en efectivo.

Cinco personas, incluyendo a tres empleados de la joyería, se encontraban dentro de la tienda al momento de los hechos. Tres de estas personas testificaron en el juicio. Estos fueron: la señora Nitza Figueroa Hernández, la señora Amarilys Cancel Ruiz y el agente Fernando Lasalle Arrocho, quien trabaja para la Policía de Puerto Rico y se desempeña como vendedor a tiempo parcial en la joyería.

El Ministerio Público acusó a tres personas del grupo de asaltantes, entre los que figuraba el señor Aponte Sánchez, el señor Luis Bernard Edward y el señor Luis Rodríguez Machado. Inicialmente, el juicio contra los tres coacusados se pautó para el 20 de febrero de 2009.

La licenciada Migdalia Figueroa

Crespo, abogada de la Sociedad para Asistencia Legal (S.A.L.), representó al señor Aponte Sánchez durante el proceso criminal en el Tribunal de Instancia.

En la vista del 20 de febrero de 2009, los coacusados Bernard

Edward y Rodríguez Machado aceptaron una alegación de culpabilidad preacordada con el Ministerio Público y se declararon culpables. El señor Aponte Sánchez, por su parte, rechazó el preacuerdo. La transcripción refleja que el Ministerio Público entonces solicitó que los casos contra el señor Aponte Sánchez regresaran a vista preliminar porque, alegadamente, hubo un acuerdo que incluyó el archivo de varios casos pero, al no materializarle la alegación de culpabilidad, el Ministerio Público reactivaría los casos y, para ello, era necesario que regresaran a vista preliminar. Posteriormente, el Ministerio Público desistió de la solicitud y dijo estar preparado para ver los casos contra el señor Aponte Sánchez. El señor Aponte Sánchez, entonces, renunció al derecho a juicio por jurado y se dio una transferencia de la vista para juicio para otra fecha.

El juicio se celebró el 16 de marzo de 2009. La prueba de cargo consistió en los testimonios de tres testigos que se encontraban en la joyería y que también fueron víctimas de robo, a saber, la señora Cancel Ruiz, la señora Figueroa Hernández y el agente Lasalle Arrocho.1 Además, testificó el propietario de la joyería, señor Nelson Méndez Méndez, y el agente investigador del caso, Natalio Mejías Feliciano. Varias fotografías tomadas del video del sistema de vigilancia de la joyería se sometieron en evidencia.

A continuación, realizamos un resumen de la prueba oral que desfiló durante el juicio.

La señora Cancel Ruiz entró a la joyería acompañada por su mamá, a eso de la 1:00 de la tarde. El agente Lasalle Arrocho

las atendió y les mostró unos relojes. En la joyería se encontraba varias personas, incluyendo al señor Aponte Sánchez, a quien se identificó en sala como que estaba en la joyería al momento del robo. El señor Aponte Sánchez estaba vestido con una camisa rosa de manga larga y un mahón azul y lo acompañaba una fémina alta y de pelo negro. Dentro del local se encontraba una empleada de la joyería, el agente Lasalle Arrocho, y un muchacho de tez trigueña, quien tenía puesto un suéter azul.2

El agente Lasalle Arrocho le mostró unos relojes a la señora Cancel Ruiz. En el ínterin, un individuo vestido con uniforme de la Autoridad de Energía Eléctrica (A.E.E.) se acercó al agente con un objeto. La señora Cancel Ruiz no vio qué clase de objeto era. El agente Lasalle forcejeó con el individuo y lo dominó, entonces, el otro sujeto de camisa azul lo encañonó con un arma. La señora Cancel Ruiz declaró que el señor Aponte Sánchez también sacó un arma.3 Los asaltantes

se llevaron las prendas y relojes que estaban en las vitrinas de la joyería y dinero en efectivo.

En relación con el comportamiento del señor Aponte Sánchez, la señora Cancel Ruiz declaró que él "[e]staba cogiendo prendas, estaba bastante agitado y decía que tenía ganas de matar. En una dijo este, traigan el rifle, este… Bastante era, de los más, de los más yo diría agitado."4

El más joven del grupo, un muchacho vestido con un polo de línea amarró a la señora Cancel y a su madre con una cinta adhesiva color plateada. El joven les robó sus celulares.5

En el contrainterrogatorio, la señora Cancel Ruiz reiteró que el señor Aponte Sánchez estaba en la joyería acompañado por una fémina. Según sus declaraciones, el señor Aponte Sánchez no se encontraba cerca del individuo con el uniforme de la A.E.E. que forcejeó con el agente Lasalle Arrocho.

Durante el altercado entre el sujeto y el agente, el señor Aponte Sánchez permaneció observando las prendas en el otro extremo de la joyería. La señora Cancel Ruiz declaró lo siguiente:

Lcda. Figueroa: … ¿Usted estaba de espalda o estaba de frente a la persona que estaba apuntándole al, a… Lasalle?

Testigo: Bueno, yo estaba de frente.

Lcda. Figueroa: ¿Usted estaba de frente?

Testigo: Estaba de frente a Lasalle y al muchacho que estaba…

Lcda. Figueroa: Frente a Lasalle. Bien.

Testigo: Que estaba vestido de Energía Eléctrica

Lcda. Figueroa: Mire, y Lasalle se enfrenta con esta persona que no está aquí como acusado. ¿Es correcto?

Testigo: Sí.

Lcda. Figueroa: Bien. Y hay una persona que saca un arma que tampoco está aquí como acusado.

Testigo: Ujum.

…

Lcda. Figueroa: Que es el que apunta a Lasalle.

¿Correcto?

Testigo: Exacto.

Lcda. Figueroa: Bien, entonces, vamos, usted dice que después…

¿Cuánto tiempo después es que Edilberto saca y que un arma?

Testigo: Bueno, este, cuando el trigueño apunta…

Lcda. Figueroa: Aaja.

Testigo: A Lasalle.

Lcda. Figueroa Que es el único que estaba armada en ese momento, [¿]correcto?

Testigo: Bueno, pero sacó arma el trigueño…

….

Lcda. Figueroa: Bien. Usted dice que Edilberto

sacó un arma.

Testigo: Umju.

Lcda. Figueroa: Y usted rindió una declaración jurada. ¿Correcto dama?

Testigo: Aja.

….

Lcda. Figueroa: ¿Cercano al incidente? [¿]A los dos meses? ¿A los tres meses?

Testigo: No, no, no. Cercano al incidente.

…

Lcda. Figueroa: Dama esa es su declaración jurada.

Testigo: Umju.

…

Lcda. Figueroa: Tiene su firma dama

Testigo: Si

Lcda. Figueroa: Bien, Dígame que fecha tiene esa declaración jurada…

Testigo: Tiene 30 de octubre.

Lcda. Figueroa: 30 de octubre. Dígame además, en qué lugar de esa declaración jurada, que usted prestó el 30 de octubre, dice que Edilberto sacó un arma

Testigo: Si, aquí no lo dice. Pero él estaba…

……

Lcda. Figueroa: No lo dice. Y no es hasta hoy que usted dice que tiene un arma. Correcto? Cierto dama?

Testigo: Umju.

Lcda. Figueroa: Usted en ningún momento le comentó al señor fiscal de ese gran detalle. ¿Eso es importante dama?

….

Testigo: Bueno sí.

….

Lcda. Figueroa: Bien. En esa misma declaración jurada usted dice que este joven, Edilberto, estaba agitado. ¿Dígame en qué lugar de esa declaración jurada que usted prestó el 30 de octubre lo dice?

Testigo: Bueno, aquí dice…

Lcda. Figueroa: ¿Dice que estaba agitado?

Testigo: Bueno, pero dice que…

Lcda. Figueroa: No, pregunta, pregunta sencilla dama.

Testigo: Mi mamá se puso agitada y el de la camisa rosa

[….]

Testigo: … que era el caballero presente…

[….]

Testigo: Le dijo que si esa vieja no se calmaba le iba a volar la tapa de los sesos.

Lcda. Figueroa: Se lo dijo a ella.

Testigo: Y estaba bien agitado.

Lcda. Figueroa: Mire, ¿lo dice ahí que estaba bien agitado?

Testigo: No, no lo dice.

Lcda. Figueroa: No lo dice

Testigo: Se lo estoy diciendo yo.

Lcda. Figueroa: Mire, ¿dice ahí específicamente que él gritaba y decía búsquenme el rifle? Como usted le acaba de decir al señor fiscal ¿Lo dice ahí?

Testigo: Bueno, aquí no lo dice, pero…6

(Citas omitidas.)

La segunda testigo, señora Figueroa Hernández, testificó que trabaja como vendedora en “Pochy

Joyeros”. El dueño de la joyería no estuvo presente cuando sucedió el asalto.

Como a eso de las 12:20 de la tarde entraron tres personas a la joyería, entre estos, una pareja y un jovencito. A la testigo le pareció que los tres andaban juntos. Ella los atendió y apreció que uno de ellos vestía con una camisa color rosa y un mahón. El muchacho más joven le vendió unas prendas. Al rato, aparecieron otros dos jóvenes, uno de ellos vestido con uniforme de la A.E.E. y el otro vestido con camisa azul. Ella también los atendió y le mostró unas prendas.7 Ella escuchó un forcejeo y los individuos le dicen que se tire al piso, que es...

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