Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2012, número de resolución KLRX201100072
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRX201100072 |
Tipo de recurso | Recursos extraordinarios |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2012 |
JOSÉ D. GONZÁLEZ MONTAÑEZ | | Mandamus procedente de la Comisión Apelativa del Servicio Público Caso Núm.: 2004-0778 Sobre: Reclutamiento y selección |
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.
Morales Rodríguez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2012.
El peticionario José D. González Montañez solicitó y aprobó un examen de ascenso al rango de Teniente Segundo dentro de la convocatoria 2003-2 de 5 de agosto de 2003 de la Policía de Puerto Rico. De acuerdo a la puntuación obtenida, el peticionario ocupó la posición número siete en el Registro de Elegibles de Ascenso al Rango de Teniente Segundo.
El 20 de septiembre de 2004, el entonces Superintendente de la Policía le dirigió una carta en la que le denegó el ascenso. Lo hizo al amparo del Art. 15 de la Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según enmendada. 25 L.P.R.A., sec. 3114. Según dicho artículo, si hubiere
pendientes querellas contra el policía en vías de ser ascendido, se denegará el nombramiento hasta que concluya la investigación. El
peticionario González Montañez presentó el 17 de noviembre de 2004 ante la hoy Comisión Apelativa del Servicio Público un recurso contra la Policía y el entonces Superintendente. El recurso se paralizó por acuerdo de las partes hasta que se resolvieran todas las querellas.
El 19 de abril de 2011 el peticionario González Montañez presentó una Moción en Solicitud de Disposición Sumaria. Alegó que todas las querellas en cuestión habían sido resueltas a su favor. La moción no fue respondida ni atendida por el foro. El 20 de septiembre y el 20 de octubre de 2011, González Montañez pidió a la CASP que citara una vista para dilucidar su moción. La moción tampoco fue respondida. Al no recibir respuesta del organismo apelativo, recurrió ante nosotros mediante el recurso de mandamus que pautó el Tribunal Supremo en J. Exam.
Tec. Méd. vs. Elías, 144 D.P.R. 483, 495 (1997). Requerido mediante orden, la Policía contestó:
[En] consecución de cumplir con la orden de este Honorable Tribunal, el Lcdo. Urayoán Pérez Alemán...
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