Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Abril de 2012, número de resolución KLCE201200431

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201200431
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Abril de 2012

LEXTA20120424-015 DF Investment v. Hillview Condominium

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL VIII

DF INVESTMENT, LLC
Recurridos
v.
HILLVIEW CONDOMINIUM, CORP. ET. ALS.
Peticionarios
KLCE201200431
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Caso Núm.: FCD2010-1378 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA

Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de abril de 2012.

I.

El 23 de noviembre de 2009 Doral Bank presentó Demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra Hillview Condominium, Corp. El 2 de marzo de 2011, Doral Bank presentó ante el Tribunal de Primera Instancia moción solicitando ser sustituida como demandante por DF Servicing, L.L.C. A dicha entidad le fueron cedidos, en virtud de contrato de compraventa, varios activos entre los que se encontraba el préstamo número 80-00000354, suscrito por Hillview Condominium Corp. El 10 de marzo de 2011, Hillview Condominium Corp., presentó Moción en Oposición a

Sustitución de Parte. En dicha moción, y debido a que no es hasta la moción solicitando sustitución de parte que advino en conocimiento de la compraventa, reclamó su derecho a retracto al amparo del Art. 1425 del Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. § 3950.

Solicitó, además, que se le ordenara a Doral Bank divulgar el precio y el documento de Compraventa de los Activos y el Contrato de Cesión.

Luego de la presentación de varias réplicas y mociones reiterando solicitud de orden para descubrir lo solicitado, el 6 de julio de 2011, el Tribunal de Instancia concedió a Doral Bank veinte (20) días para que cumpliera con el trámite requerido, so pena de imposición de sanciones. Posteriormente, en Vistas sobre el Estado de los Procedimientos celebradas el 17 de noviembre y 20 de diciembre de 2011, el Tribunal de Instancia le ordenó a Doral Bank divulgar y certificar el precio de Compraventa de Activos y Contrato de Cesión. El 29 de diciembre de 2011, Doral Bank remitió a Hillview Condominium, Corp., Declaración Jurada acreditando la cantidad de la transacción. Además, y a tenor con el Art. 1425 del Código Civil, ante, reclamó que en el término otorgado por Ley emitieran pago a DF Servicing, L.L.C. por la cantidad de la transacción.

El 11 de enero de 2012, Doral Bank presentó Moción en Cumplimiento de Orden informando el envío de la Declaración Jurada. El 17 de enero de 2012, Hillview Condominium Corp. presentó Moción Urgente en Oposición a Moción en Cumplimiento de Orden y Orden para Descubrir lo Solicitado. Objetó que la Declaración Jurada fuera suficiente para acreditar la información solicitada y solicitó que se ordenara a...

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