Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Mayo de 2012, número de resolución KLCE201200429

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201200429
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2012

LEXTA20120531-053 Aponte Delgado V. Doral Bank

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

LUIS APONTE DELGADO; MARITZA RODRÍGUEZ MORALES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Recurridos
v.
DORAL BANK; DORAL FINANCIAL CORPORATION; COMPAÑÍA A; ABC INSURANCE CO.
Demandados-Peticionarios
KLCE201200429
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm.: K PE-2010-0709 Sobre: DESPIDO INJUSTIFICADO, LEY 100, DISCRIMEN POR EDAD, DAÑOS Y PERJUICIOS; ART. 1802 DEL CODIGO CIVIL

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Morales Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de mayo de 2012.

Luis Aponte Delgado era empleado de Doral Financial Corporation. Comenzó a trabajar allí el 21 de diciembre de 1998 en el puesto de “Vice President Financial Comptroller”. Era el supervisor del Departamento de Contabilidad.

Manejaba cuentas por pagar, contabilidad de inversión, contabilidad de préstamos y contabilidad general. Tenía, además, cuatro empleados asignados a su división.

En octubre de 2002, Aponte Delgado fue nombrado “Vice President Corporate Comptroller”. Se añadió a sus funciones trabajar con la parte contributiva de las finanzas, hacer los cómputos de las bonificaciones de los ejecutivos y mantener los archivos de esas bonificaciones. En octubre de 2003, Aponte Delgado fue ascendido a “Senior Vice President Corporate Comptroller”.

Durante el 2006, la estructura ejecutiva de Doral Financial Corporation cambió drásticamente. Ese año, Glen Wakeman ascendió a Presidente y “Chief Operating Officer”. Domingo Marangal asumió el puesto de “Chief Investment Officer and Treasurer”. Arturo Tous fue nombrado “Chief Accounting Officer”. Estos últimos dos eran los supervisores directos de Aponte Delgado.

En marzo de 2007, Aponte Delgado suscribió un contrato de empleo que cambió su puesto a “Vice President Operational Accounting Manager”. El cambio conllevó un aumento de $25,000 anuales, junto a un estipendio de transportación de $7,500 y un bono de productividad de 30% de su salario base. Poco después, Doral Financial atravesó un proceso de recapitalización. Sus empleados fueron traspasados a Doral Bank. Las funciones de Aponte Delgado no fueron alteradas.

En agosto de 2007, Laura Vázquez fue nombrada “Principal Accounting Officer”

del Departamento de Contabilidad de Doral Bank. Vázquez era la supervisora de Aponte Delgado y otros cuatro empleados: Gredsaly Zayas, Yamil Robles, Juan Carlos Rodríguez y David Lugo. Lugo había sido recién contratado para asumir el puesto de “Vice President Bank and Affiliates”.

En febrero de 2009, Doral Bank comenzó otro proceso de restructuración. Eliminó sobre 150 plazas. Aponte Delgado fue uno de los empleados cesanteados. El 18 de febrero de 2010 presentó demanda, junto a su esposa Maritza Rodríguez Morales y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, contra Doral Bank y Doral Financial por despido injustificado, discrimen por razón de edad y daños y perjuicios. Alegó que había sido ilegalmente remplazado con Lugo, un empleado más joven y de menor antigüedad. Reclamó además que el banco le debía el bono de productividad que le correspondía para el año 2008 según su contrato de empleo. Su esposa reclamó por los daños morales sufridos a causa del despido.

Doral negó los hechos imputados. Luego de un período de descubrimiento de pruebas, el banco presentó moción de sentencia sumaria. Identificó 69 hechos que entendía no estaban en controversia, según surgía de varias deposiciones y otros documentos complementarios. Arguyó que no procedía la causa de acción por despido injustificado o discrimen por razón de edad; que la prueba demostraba que Aponte Delgado fue despedido como parte una reorganización legítima; que su posición ocupacional fue eliminada y sus antiguas tareas fueron reasignadas a varios empleados. Afirmó que no existía prueba alguna de discrimen contra Aponte Delgado por razón de su edad.

Doral además planteó que algunas de las reclamaciones de discrimen estaban prescritas por haber transcurrido en exceso de un año desde los alegados actos discriminatorios hasta la presentación de la demanda; que la causa de acción por incumplimiento contractual, relacionada con el bono de productividad, debía presentarse ante un árbitro por disposición del propio contrato de empleo. Por último, alegó que al carecer de mérito las alegaciones de Aponte Delgado la reclamación de su esposa también debía ser desestimada.

Aponte Delgado se opuso a la resolución del caso por la vía sumaria. Aunque admitió gran parte de los hechos propuestos por Doral, afirmó que existían controversias reales sobre hechos medulares del caso. Señaló que “este caso, de lo que trata es de la retención preferente de un empleado con menor antigüedad, menor experiencia en los asuntos administrativos y de gerencia de las demandadas, para realizar las mismas funciones, así como asumir las responsabilidades que siempre desempeñó

Aponte”.

Al controvertir ciertos hechos argumentó que falta precisar cuáles eran las funciones de Aponte Delgado en los varios puestos que ocupó a través de los años, también quién las asumió luego del despido. Citando su propia deposición establece indicios de que Vázquez actuó discriminatoriamente contra él desde su llegada a Doral. Citó varios ejemplos de situaciones en las que Vázquez le menoscabó su autoridad y transfirió sus funciones a Lugo. Sobre la prescripción, alegó que los daños reclamados eran unos continuos, que culminaron con el despido. En cuanto al bono de productividad, destacó que no era necesario recurrir al arbitraje pues el contrato de empleo había expirado al momento de la cesantía.

Doral contestó la oposición de Aponte Delgado. Insistió en que el despido de Aponte Delgado ocurrió como parte de una reorganización bona fide en la cual su clasificación ocupacional quedó eliminada. Reiteró que no había prueba alguna de actos discriminatorios por razón de edad. Añadió que Aponte Delgado no podía pretender por un lado reclamar el bono de productividad otorgado por el contrato y por otro alegar que el contrato había expirado y la cláusula de arbitraje había quedado sin efecto. Sobre la prescripción indicó que no podían considerarse las alegaciones de la demanda como daños continuos por ser eventos inconexos entre sí. Por último, reiteró que procedía desestimar la reclamación de Rodríguez Morales.

Aponte Delgado se opuso a la réplica de Doral. Sostuvo que los siguientes hechos de la moción de sentencia sumaria estaban en controversia:

36) Ese cambio de título corporativo se le hizo a muchos empleados pues la estructura corporativa de DFC incluía demasiados presidentes. De hecho, Aponte no sabe quién tomó la decisión de cambiarle el título corporativo de Senior Vice President a Vice President.

37) Los títulos de las posiciones estaban mal pues no necesariamente coincidían con las responsabilidades funcionales. El cambio de título funcional respondió a un análisis de funciones desempeñadas por Aponte. De hecho, Aponte no sabe quién tomó la decisión de cambiarle el título corporativo de Senior Vice President a Vice President.

38) Es decir, lejos de tratarse de un “demotion” la reclasificación respondió a lograr que el título corporativo correspondiera a la realidad de las funciones de los empleados a los cuales se les cambió el título corporativo, además constituyó un beneficio para Aponte.

46) Poco tiempo después, las funciones del grupo de trabajo de Félix Cuadrado que incluía las funciones de Cuentas a Pagar, pasaron a estar bajo la supervisión de Lugo.

50) Como parte de dicha reorganización, se redistribuyeron las tareas de los empleados despedidos a varias personas a todos los niveles.

51) En específico, las funciones de Aponte fueron redistribuidas entre Lugo, Robles, Aida Torres, y Vázquez. Lugo asumió la revisión de la contabilidad de las afiliadas de DFC, Robles asumió lo relacionado a los impuestos y Torres asumió la parte de Cuentas por Pagar. Además Vázquez asumió la responsabilidad relacionada a los cierres mensuales y trimestrales de la Empresa. Finalmente, los estados financieros pasaron a ser responsabilidad de Lugo, Cuadrado y Vázquez.

56) Aponte entiende que su cesantía fue discriminatoria por las siguientes razones: el cambio de su título funcional y su título corporativo en el año 2007; la intervención de Lugo en el área de cuentas por pagar comenzando a finales de 2007; y que le quitaron la supervisión de Cuadrado y el área de contabilidad de préstamos poco después de la llegada de Lugo.

57) Sin embargo, en su deposición Aponte indicó que desconoce cuáles eran las funciones de Lugo. Además, como cuestión de hecho, Doral no contrató a nadie para realizar las funciones de Aponte luego de su despido.

58) Aponte no puede precisar por qué hubo los cambios de supervisión de Cuadrado, del área de contabilidad de préstamos y el porqué de la injerencia de Lugo en el área de cuentas por pagar. Sin embargo, Aponte piensa que puede haber sido porque Lugo era la persona de confianza de Vázquez ya que lo conocía desde antes, cuando ambos trabajaban para Banco Santander.

59) Aponte también entiende que otro acto discriminatorio fue cuando se le cambió el título corporativo de Senior Vice President a Vice President en marzo de 2007. Sin embargo, como parte de dicho cambio a Aponte se le aumentó sustancialmente el salario (el aumento fue de aproximadamente $25,000.00 además de un estipendio para transportación de $7,500.00 y el derecho a participar de un bono). Además, luego del cambio de título corporativo, Aponte continuó realizando las...

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