Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2012, número de resolución KLCE201200686
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201200686 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2012 |
LEXTA20120622-003 Vázquez V.
Encanto Restaurants
Néstor Vázquez | KLCE201200686 | CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Despido Injustificado, Ley # 2 (2 de oct. de 1961, Procedimiento Laboral) Caso Civil Núm.: K PE2009-3302 (808) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.
Rivera Colón, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de junio de 2012.
Comparece ante nos Encanto Restaurants, Inc. (Encanto Restaurants) y nos solicita que revisemos una Resolución interlocutoria emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI) el 18 de abril de 2012 y notificada el 20 de igual mes y año. En la misma, el Foro a quo resolvió que a los efectos de determinar la cuantía de la mesada correspondiente al [señor Néstor Vázquez Cardona (Sr. Vázquez Cardona)] bajo la [Ley 80 1976, según enmendada, titulada Ley de Despido Injustificado, 29 LPRA sec. 185 (a) et seq. (Ley Núm. 80)], los años de servicio se
computarán sobre la base de los siguientes periodos: a) 7 de abril de 1987 al 9 de agosto de 2005; y, b) 8 de diciembre de 2006 al 30 de marzo de 2009. Apercibimos que con esta determinación el Tribunal no resuelve si el despido del [Sr. Vázquez Cardona]
fue injustificado. (Ap. 13, Pág. 75).
Examinada la controversia de autos, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideración, procedemos a desestimar el recurso presentado por carecer de jurisdicción al ser uno prematuro.
La sección 1 de la Ley 2
1961, según enmendada, conocida como Ley Sumaria de Reclamaciones Laborales
(Ley Núm. 2), 32 LPRA 3118, et seq. provee un procedimiento sumario de reclamaciones laborales. Lo hace para la más rápida consideración y adjudicación de las querellas relacionadas a salarios, beneficios y otros derechos de las y los trabajadores. Dichas reclamaciones, por su naturaleza y finalidad, ameritan ser resueltas a la brevedad posible para así lograr los propósitos legislativos de proteger el empleo, desalentar los despidos injustificados y proveerle al obrero despedido medios económicos para su subsistencia mientras consigue un nuevo empleo. Vizcarrondo Morales v. MVM, Inc., 174 DPR 921, a la pág. 928 (2008). La naturaleza sumaria del procedimiento...
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