Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2012, número de resolución KLAN201001781

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201001781
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2012

LEXTA20120831-016 Plaza Norteste V. Stella Properties

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

PLAZA NORESTE, INC.
Demandante-Apelada
v.
STELLA PROPERTIES, INC.
Demandada-Apelada
M. O. & ASOCIADOS
Interventora-Apelante
KLAN201001781
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA Civil Núm. K CD2005-0465 ( 901)

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Hernández Sánchez.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2012.

Comparece M.O.

& Asociados, Inc. (MOA), parte interventora post sentencia en la demanda KCD2005-0465, y solicita que revoquemos lo dispuesto por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI) el 18 de octubre de 2010. Previo a la solicitud de intervención de MOA el TPI había emitido una sentencia a favor de Plaza Noreste, Inc. (PNI), parte demandante, aquí apelada, y contra Stella Properties, Inc. (SPI), parte demandada, aquí apelada. Dicha sentencia, emitida el 8 de noviembre de 2005 y notificada el 17 de noviembre, condenó a SPI al pago de la suma de $2,464,400.00 de principal y $246,260.00 por otros conceptos. PNI solicitó la ejecución de la sentencia y esta se llevó a cabo mediante la venta en pública subasta del apartamento PH-19031 del Condominio Plaza Stella en el área del Condado de San Juan2. Según el "Acta de Tercera Subasta", PNI fue el único licitador, ofreciendo la suma de tres millones de dólares ($3,000,000.00)3. La escritura de venta judicial, transfiriendo la titularidad sobre el apartamento PH-1903 a PNI, fue otorgada por el Alguacil del TPI el 19 de mayo de 2006.

MOA solicitó intervención en el caso KCD2005-0465 el 11 de mayo de 2007, a los diecisiete (17) meses de la notificación de la sentencia y a los doce (12) meses desde que se otorgó la escritura de venta judicial en pública subasta a favor de PNI. En su solicitud de intervención, MOA adujo, entre otros, que el litigio KCD2005-0465 fue "colusorio, ficticio y ausente de causa" y el procedimiento constituyó "un claro fraude a la honorable institución de los Tribunales". Véase la página 8 de la solicitud de intervención, página 26 del apéndice del presente recurso, en adelante, (Ap. pág. 26).

El 22 de mayo de 2009, luego de las etapas de alegaciones y descubrimiento de prueba, MOA, PNI y SPI presentaron el Informe Sobre Conferencia con Antelación al Juicio (Ap. págs. 34-90). Los días 28 y 29 de junio de 2010 el TPI celebró la vista evidenciara para adjudicar los reclamos presentados por MOA. Luego del desfile de prueba por la interventora, las otras dos partes, PNI y SPI, solicitaron la desestimación al amparo de la Regla 39.2(c) de Procedimiento Civil de 1979, 32 L.P.R.A. Ap. III, R. 39.2(c), aduciendo que de la prueba desfilada por MOA no surgía que tuviera derecho a la concesión de remedio alguno. El TPI le concedió término a PNI y SPI para que presentaran memorandos en apoyo de sus solicitudes de desestimación al amparo de la Regla 39.2(c), supra, y a MOA para oponerse a dichas solicitudes. Evaluados los escritos presentados y la prueba desfilada, el TPI emitió sentencia el 18 de octubre de 2010, declarando sin lugar la Segunda Demanda Enmendada de Intervención presentada por MOA y desestimándola con perjuicio.

MOA presentó el recurso de apelación que aquí atendemos señalando, entre otros, (1) que indició el TPI al emitir sentencia al amparo de la Regla 39.2(c), supra, (2) al rechazar el reclamo de MOA al efecto de que las actuaciones de PNI Y SPI constituyeron fraude al tribunal; (3) al no declarar nula la subasta y (4) al no concluir que MOA había aceptado una oferta de transacción presentada por PNI y resolver a base de ello. PNI nos presentó su alegato y una transcripción de la vista evidenciaria.

Examinado el expediente del presente recurso, confirmamos la sentencia emitida el 18 de octubre de 2010.

I

Consideraremos los primeros tres (3) señalamientos de errores en conjunto ya que la etapa procesal en que los reclamos fueron presentados por MOA es uno de los factores principales al considerar si procedía otorgar el relevo de la sentencia de 8 de noviembre de 2005. Al amparo de dicha sentencia se vendió en pública subasta el apartamento PH-1903. Antes de discutir las controversias atendidas por el TPI al emitir la "sentencia"4 del 18 de octubre de 2010, procedemos exponer en un poco más de detalle el trámite procesal hasta el presente.

A

El litigio de autos, caso Núm. KCD2005-0465, es uno de dos litigios respecto al apartamento PH-1903 del Condominio Plaza Stella, entre los mismos intereses económicos, aunque representados por diferentes personalidades jurídicas.

El otro litigio, el Núm. KPE2003-2762, es una demanda sobre incumplimiento de contrato presentada el 27 de octubre de 2003 por Roberto Camino Landrón y María Teresa Oliver versus Empresas Ferrer, Inc. y Stella Properties, Inc.

Los demandantes originales, el Sr. Roberto Camino Landrón y la Sra. María Teresa Oliver, están casados entre si, bajo el régimen de separación de bienes, y son accionistas de M.O. & Asociados, Inc. (MOA)5. En dicho litigio MOA solicitó intervención, fue admitida como parte interventora y la sentencia eventualmente emitida fue a favor de MOA.

La parte demandada en KPE2003-2762 incluye a Stella Properties, Inc. (SPI), la corporación que desarrolló el Condominio Plaza Stella. Esta es una de un grupo de corporaciones relacionadas, de las cuales el Sr. Eduardo Ferrer Bolívar es uno de los accionistas principales, o único accionista. Plaza Noreste, Inc. es otra de este grupo de corporaciones relacionadas6. A pesar de que las relaciones entre las corporaciones PNI y SPI fueron ampliamente discutida por MOA, en la vista evidenciaria el abogado de MOA afirmó categóricamente que no está solicitando que se descorriera el velo corporativo.

El litigio KPE2003-2762 surge como resultado de la resolución por SPI de un contrato de opción de compraventa sobre el apartamento PH-1903 de Condominio Plaza Stella, bajo la alegación de que el optante no había cumplido con sus obligaciones bajo el contrato. La parte demandante alegó que no procedía la resolución y solicitó el cumplimiento específico del contrato de opción, o sea, una orden a la parte demandada para que otorgara la escritura de compraventa sobre el apartamento PH-1903 del Condominio Stella Plaza, siguiendo los términos de dicho contrato. El segundo remedio solicitado fue el resarcimiento de daños y perjuicios contractuales al amparo del Art. 1077 del Código Civil, 31 L.P.R.A.

sec. 3052, señalando tres partidas específicas, ascendentes a ciento cincuenta mil dólares ($150,000.00). El tercer remedio solicitado fue el rembolso de todos los gastos legales realmente incurridos como parte del litigio, incluyendo los honorarios pagados a sus abogados, aduciendo que la actuación de la parte demandada había sido tan claramente antijurídica que dicho reclamo estaba justificado al amparo del Art. 1077, supra, o la Regla 44.1 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III, R. 44.1.

El 11 de agosto de 2006 el TPI emitió sentencia en el caso KPE2003-2762, mediante la cual resolvió que MOA era la persona jurídica a favor de quien se había suscrito el contrato de opción7 y ordenó a SPI cumplir específicamente con los términos del contrato, otorgando la escritura de compraventa sobre el Apt.

PH-1903 a favor de MOA, por el precio total de $1,592,812.93. El TPI desestimó las causas de acción en las cuales se reclamaban daños y perjuicios y denegó el rembolso de los gastos del litigio solicitados por los esposos Camino-Oliver. La sentencia dispuso el pago de las costas del litigio incurridas por MOA.

La adjudicación de la demanda KPE2003-2762 requirió un extenso y laborioso análisis por el TPI. A modo de ejemplo, a la página 17 de la sentencia, el tribunal comenta que "[e]xaminado el contrato de compraventa no podemos sino concluir que es un dechado de imperfecciones." Ello y otras particularidades del caso requirió que, luego del desfile de la prueba, el tribunal se viera forzado a adjudicar un sustancial número de ambigüedades mediante la aplicación de las normas generales del derecho. Al presente la sentencia de 11 de agosto de 2006 es final y firme.

Con relación al caso KPE2003-2762 se presentaron, entre otros, los siguientes recursos ante el Tribunal de Apelaciones:

1- KLCE200301615, presentado el 23 de diciembre de 2003;

2- KLCE200500183, presentado el 24 de febrero de 2005;

3- KLCE200501652, presentado el 28 de noviembre de 2005;

4- KLAN200601176, presentado el 18 de septiembre de 2006.

Con relación al caso KAC2005-0465 se presentó:

5- KLCE200701039, presentado en julio de 2007;

6- KLCE200701148, presentado el 7 de septiembre de 2007

7- KLAN201001781, presentado el 1 de diciembre de 2010

Además, se presentaron, entre otros, los siguientes recursos ante el Tribunal Supremo:

8- CC-2006-409, presentado el 28 de abril de 2006;

9- CC-2007-1009, presentado el 1 de noviembre de 2007.

El TPI tomó conocimiento judicial de la totalidad del expediente del caso KPE2003-2762 durante la vista evidenciaria del caso KCD2005-0465.

B

Para finales del año 2004 se había completado el cierre de todos los apartamentos del Condominio Plaza Stella, excepto el PH-1903, que aquí nos concierne y otro apartamento que no era un "penthouse.8

Plaza Noreste, Inc. (PNI) presentó la demanda Núm. KCD2005-0465, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra Stella Properties, Inc. (SPI) el 6 de junio de 2005. En esta alegó que SPI le debía $2,646,260.00, intereses al 5% desde el 18 de marzo de 2005 y $246,400.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. SPI no contestó la demanda, ni solicitó prorroga, por lo que a solicitud de PNI se le anotó la rebeldía. El 8 de noviembre y notificada el 17 de...

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