Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Septiembre de 2012, número de resolución KLCE201201257
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201201257 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 10 de Septiembre de 2012 |
| | CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia de Carolina CIVIl NÚM: OP-12-246-0079 Sobre: Orden de Protección bajo la Ley 246 de Seguridad, Bienestar y Protección de Menores |
Panel integrado por su presidente el Juez González Vargas, la Jueza Carlos Cabrera y la Jueza Medina Monteserín.
Medina Monteserín, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 10 de septiembre de 2012.
Comparece el Procurador General mediante recurso de certiorari presentado el 10 de septiembre de 2012. Presentó además una moción en auxilio de jurisdicción solicitando la paralización de la Vista señalada para el 13 de septiembre de 2012. Solicita la parte peticionaria que revoquemos la Orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Carolina el 4 de septiembre de 2012, notificada en igual fecha. Mediante la referida Orden el foro de instancia requirió la comparecencia de la Oficina del Procurador de Relaciones de Familia a la referida Vista, a celebrarse al amparo de la Ley 246-2011, conocida como la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores. El propósito de la comparecencia del Procurador de Relaciones de Familia asignado, es representar los intereses del menor R.C.T., sobrino nieto de la promovente de la Solicitud de Orden de Protección a favor de éste y en contra del padre del menor.
Señala el Procurador General que el foro primario al emitir la Orden cometió los siguientes errores:
ERRÓ EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL REQUERIR LA COMPARECENCIA DE LA PROCURADORA DE ASUNTOS DE FAMILIA A LA VISTA SOBRE ORDEN DE PROTECCIÓN SOLICITADA POR LA SRA. ELIZABETH GARAY ROMERO EN REPRESENTACIÓN DE SU SOBRINO NIETO MENOR, CUANDO POR VIRTUD DE LA LEY NÚM. 246 DE 16 DE DICIEMBRE DE 2011 DICHA COMPARECENCIA NO ES REQUERIDA.
ERRÓ EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL REQUERIR LA COMPARECENCIA DE LA PROCURADORA DE ASUNTOS DE FAMILIA A LA VISTA SOBRE ORDEN DE PROTECCIÓN SOLICITADA POR LA SRA. ELIZABETH GARAY ROMERO EN REPRESENTACIÓN DE SU SOBRINO NIETO MENOR, CUANDO NO EXISTE CONFLICTO DE INTERÉS ALGUNO ENTRE LA MENOR Y LA MADRE CON PATRIA POTESTAD Y CUSTODIA QUE REPRESENTA ADECUADAMENTE LOS INTERESES DE LA NIÑA.
ERRÓ EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL...
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